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Problemas de pareja

Una sentencia del Tribunal Supremo describe con precisión la evolución del conflicto dentro de la pareja. Sus dos miembros primero discuten, después se cruzan reproches, más tarde forcejean y finalmente "se agreden mutuamente con golpes y patadas, causándose lesiones". La consecuencia penal de todo ello fue la condena a cuatro meses de prisión impuesta a cada uno de ellos y ahora confirmada por la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo que, obviamente, se refiere a una pareja... de guardias civiles.Todo empezó el 28 de noviembre de 1996, cuando Jesús Madrigal Carrasco, sargento comandante del puesto de la Guardia Civil de Cervera (Lleida), firmó la papeleta del servicio que de las doce de la medianoche a las cinco de la madrugada del día siguiente debían realizar los guardias civiles Juan Ramón Rodríguez Gaitero, como jefe de pareja, y Juan Espinar Castelar, como auxiliar de pareja, a bordo de un vehículo oficial, "conducido por ambos componentes en turnos de una hora".

Los cometidos asignados eran, entre otros, vigilar el colegio, iglesias e industrias de Cervera, los exteriores del cuartel, la identificación de vehículos y una prioridad: la vigilancia del acuartelamiento.

Pero la convivencia es dura para toda clase de parejas y, con ocasión de uno de los relevos al volante del automóvil, ambos guardias civiles iniciaron una discusión sobre la conducción del vehículo y se cruzaron "mutuos reproches que daban comienzo a una dura confrontación", según declaró probado el Tribunal Militar Territorial Cuarto, que enjuició lo acaecido aquella madrugada.

Detenido el vehículo, "bajan del mismo, continuando en la misma discusión, siendo cada vez más agresiva". E, inopinadamente, Rodríguez Gaitero (el jefe de pareja) "se sube al vehículo, tomando los mandos del mismo", situación que lleva a Espinar Castelar (auxiliar de pareja) "a colocarse en el asiento contiguo al conductor para continuar la marcha, como así se hizo".

La autoridad pareció haber prevalecido en la pareja, ya que, como tantas veces ocurre, uno de los dos había cedido. Pero no fue así. La resolución judicial refleja lo que también es frecuente en las parejas: "Lejos de zanjar ambos intervinientes la discusión originada, ésta se acrecienta aún más, con insultos cruzados", hasta que se detienen en la ermita de la Soledad.

En aquel lugar, propicio a la meditación y el sosiego, ocurrió lo que los jueces militares describen así: "En el momento de la detención del vehículo, ambos guardias se bajan a la vez y, sin solución de continuidad, se acometen y, forcejeando, se agreden mutuamente con golpes y patadas, causándose lesiones".

Según apreció posteriormente el Centro de Salud de Cervera, Espinar Castelar (el auxiliar) sufrió erosiones y arañazos en dos dedos, contusión en región izquierda más hematoma en el párpado inferior del ojo izquierdo, y contusiones en los huesos de la nariz y en la región parietal izquierda.

Rodríguez Gaitero (el jefe) no salió mejor librado: múltiples contusiones por cuero cabelludo, frente, ambos pómulos, huesos de la nariz y labio superior y hematomas en el párpado inferior del ojo derecho, así como erosiones y contusiones en la rodilla izquierda.

El relato judicial certifica otra actitud típica de la pareja: "El incidente terminó sin intervención de personas ajenas, sorpresivamente al dejarse de acometer". Los dos guardias civiles consideraron tan normal el altercado que no comunicaron novedad alguna en la papeleta del servicio, y sólo al día siguiente informaron a sus superiores, cuando ya un cabo había dado cuenta del suceso.

Los hechos desencadenaron sendas condenas a cuatro meses de prisión, en un caso (el auxiliar) por delito de "insulto a superior", y en el otro (el jefe), por delito de "abuso de autoridad", impuestas el 27 de enero de 1999 por el Tribunal Militar Territorial Cuarto.

Recurrida la condena por los dos guardias civiles, la Sala Militar del Supremo, en una sentencia de 3 de abril último, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Aparicio Gallego, desestima todas las alegaciones y confirma las penas por lo que, en todo caso, fueron problemas de pareja.

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