La inspección a los clubes se centra en los pagos al exterior y las retenciones
La inspección de Hacienda a los clubes de fútbol de Primera División se centrará especialmente en la revisión de los pagos al exterior, las retenciones practicadas a los jugadores profesionales, el IVA y el impuesto de sociedades, según fuentes de varios clubes. En la jornada de ayer terminaron de recibir la citación de la inspección la totalidad de los clubes, excepto los que no han sido incluidos en el plan, es decir, el Numancia y los tres vascos. El objetivo, entre otros, es comprobar que los clubes aplican adecuadamente la legislación sobre derechos de imagen.
Cada uno de los temas de interés de la inspección, a los que se refiere la citación recibida por los clubes, es significativo. Según los expertos consultados por este diario, en su conjunto permitirán a Hacienda tener una idea cabal de la realidad de las entidades, es decir, si existe proporción entre todas sus partidas: los ingresos declarados, con los gastos reconocidos, especialmente en fichajes, y los impuestos abonados al fisco.Así, en el caso del IVA, el impuesto indirecto que se aplica al conjunto de las compras y ventas de los clubes, se espera poder aproximarse a la realidad de los ingresos en efectivo por las ventas en taquilla, sobre cuya realidad existen serias dudas. Actualmente, existe un sistema de tornos que en teoría registra automáticamente las entradas a los estadios, aunque en ocasiones se han producido denuncias sobre su posible manipulación.
El punto referente a los pagos al exterior afecta en especial a las cantidades abonadas a los jugadores fichados en el extranjero o no residentes, un porcentaje elevadísimo de las plantillas. Es este un punto que ya ha generado mucha polémica en relación con algunos pagos del Atlético de Madrid a la sociedad holandesa Van Doorn. Tanto Hacienda como el administrador judicial del club, Luis Manuel Rubí, sospechan que en operaciones de este tipo pudo inflarse artificialmente el importe del fichaje, permitiendo así una salida de dinero al exterior superior a la necesaria.
También afecta al pago de derechos de marca poseídos por profesionales de los clubes. Este es el caso, por ejemplo, de los derechos de marca de algunos jugadores del Real Madrid.
Estos contratos, que consideran los nombres de los jugadores marcas comerciales bajo las que se comercializan productos de consumo, permiten justificar pagos a los jugadores en sociedades extranjeras, sin que por lo tanto estén sometidos a la fiscalidad española. Según los expertos consultados, en este caso el debate con la inspección de Hacienda será si realmente existen esos productos con los nombres de los jugadores y se han comercializado.
Derechos de marca
Esta modalidad de contratos floreció especialmente desde que se modificó la legislación sobre los derechos de imagen, que limitó los pagos por este concepto al 15% de los ingresos del jugador procedentes del club.
Sin embargo, explican desde las entidades, las divergencias que puedan surgir con Hacienda por este tema nada tienen que ver con el dinero negro ni con posibles delitos. Es decir, los pagos existen, han sido declarados a Hacienda y sólo podría existir una diferencia de interpretación sobre la normativa.
En el caso del otro gran club, el Barça, que también adaptó su sistema al nuevo esquema legal. El club llegó incluso a formular una consulta a la Agencia Tributaria para conocer su opinión sobre el nuevo modelo utilizado, consistente en que algunas entidades, por ejemplo TV-3, paguen directamente a los jugadores, sin pasar por el club, parte de sus derechos de imagen.
Fuentes de la Liga de Fútbol manifestaron ayer su malestar por el hecho de que consultas como esta no se hayan contestado aún y, sin embargo, ya se haya puesto en marcha la inspección a los clubes.
Al igual que en el caso anterior, y a diferencia de lo que se sospecha pudo suceder en el Atlético de Madrid, estas operaciones han sido declaradas por todos los partícipes y son conocidas por Hacienda.
En la anterior inspección de hace cuatro años, centrada casi exclusivamente en los derechos de imagen, la discusión se centró sobre la corrección del mecanismo de pago, pero Hacienda no sancionó a los clubes. Las actas presentadas en aquel momento por Hacienda están recurridas en los tribunales, primero en el Económico Administrativo y después en los ordinarios.
A pesar de la inquietud con que reaccionaron la mayoría de las entidades al recibir la citación, varios de los clubes más importantes, concretamente los inspeccionados hace cuatro años, también se mostraron satisfechos por el tiempo transcurrido entre una y otra inspección.
Este lapso ha permitido que hayan prescrito sin ser comprobados por la inspección, todos los ejercicios anteriores a 1996. La nueva inspección comienza precisamente en el año 1996, primero desde el que no han transcurridos cuatro años, periodo límite fijado para la prescripción y abarca hasta junio de 1999, según figura en las citaciones recibidas por los clubes de fútbol.
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