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Primera condena por los 18 muertos en el incendio de un buque en Valencia

La titular del Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao, Marta Solana, ha condenado a Unión Naval de Levante (UNL) a indemnizar a la familia de uno de los 18 trabajadores muertos en la explosión ocurrida el 3 de julio de 1997 durante la construcción en Valencia del buque Proof Spirit.La juez considera indiscutible la "responsabilidad" de la empresa en los resultados de la explosión. Por ello, obliga a UNL a asumir un recargo del 50% en las prestaciones sociales que percibirán -de por vida- la viuda y las hijas de Ángel López Gallo, un técnico vizcaíno que trabajaba en Inelca, una empresa subcontratada por la naviera para completar la instalación eléctrica de la sala de máquinas del barco.

La primera sentencia en relación con el siniestro del puerto de Valencia, aún bajo investigación en vía penal, es rotunda: el "incumplimiento grave" de la ley, del que es responsable la compañía, tiene una relación directa con el suceso, el más grave accidente laboral registrado en España en los últimos 14 años.

La magistrada, en una sentencia de marzo de 1999 que no ha trascendido hasta ahora, detalla varias de las infracciones que cometió la empresa, ahora denominada Inversiones Marítimas del Mediterráneo: desde trabajar sin un plan específico de seguridad hasta permitir el suministro de combustible al buque -momento en el que se produjo la fatal deflagración- mientras varios obreros realizaban en su interior tareas "absolutamente incompatibles" con esa operación.

El fallo, que según fuentes jurídicas es firme, descarta que el accidente sea imputable a la negligencia de algún operario o de las subcontratas que trabajaban en los astilleros ubicados en el Puerto de Valencia. Al contrario. La juez establece, basándose en varios testimonios y en el informe de la Inspección de Trabajo, que el suceso fue "consecuencia directa del incumplimiento" de la normativa por parte de la armadora, apremiada por los plazos de entrega del barco.

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