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El TSJC se opone a las reformas para hacer más accesible la justicia

El pleno de la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), dominado por la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), ha redactado un documento en el que expresa su rotunda oposición a diversas medidas adoptadas en los últimos años, o que están en estudio, para reformar la justicia y acercarla al ciudadano, como la justicia municipal, que los funcionarios dependan de la comunidad autónoma y la actual Ley del Jurado.

El documento ha sido remitido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que hace unos meses encargó a las salas de gobierno que se pronunciaran sobre las modificaciones legislativas que harían falta para mejorar la justicia. El TSJC encargó la redacción del documento al juez decano de Barcelona, Joaquín Bayo, de la asociación progresista Jueces para la Democracia, quien elaboró un texto del que prácticamente no ha quedado nada. La APM -organización mayoritaria en la carrera judicial y en el pleno de la sala de gobierno del TSJC, compuesto por 15 personas- ha introducido tantas enmiendas que varios magistrados han formulado votos particulares para desmarcarse de la mayoría, entre ellos, Guillem Vidal, presidente del TSJC; Ángel García Fontanet, presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, y el propio Bayo.

Puntos de coincidencia

A grandes rasgos, esos votos particulares coinciden con los planteamientos para reformar la justicia que defienden los programas electorales de la izquierda e incluso de Convergència i Unió, mientras que algunas tesis de la APM están muy próximas al PP.

Así, por ejemplo, el documento propone que los vocales del CGPJ deben ser elegidos por los jueces y no por el Parlamento, como sucede ahora, porque eso comporta un "riesgo de politización de la justicia". El voto particular defiende, por el contrario, que los vocales sean examinados por una comisión parlamentaria, que estén sometidos al control de las Cortes y que se nombren sin tener en cuenta las cuotas de partido.

En otro apartado, el texto de la ponencia que fue derrotado proponía que el TSJC fuese la última instancia judicial en Cataluña en todos los ámbitos (civil, penal, social y contencioso-administrativo) y que el Tribunal Supremo se encargase sólo de unificación de doctrina.

También fue derrotada una propuesta en la que se reclamaba la puesta en marcha de la justicia de proximidad o municipal, especialmente en las grandes ciudades, y para los cuatro ámbitos jurisdiccionales. Esa reclamación está prevista en la Carta Municipal de Barcelona, pendiente de aprobar por las Cortes, pero el texto aprobado se refiere únicamente a que se recupere la justicia de distrito, que el Gobierno socialista abolió hace más de una década y que únicamente juzgaba pleitos de escasa entidad. La ponencia derrotada también proponía que esos jueces municipales dependiesen del TSJC, y los funcionarios, del Ayuntamiento.

En otro apartado, la mayoría conservadora también consiguió que se reclamara el traspaso al CGPJ de los funcionarios de justicia que actualmente dependen del ministerio o de algunas comunidades autónomas, entre ellas Cataluña, Galicia y Valencia. El voto particular reclama no sólo la "dependencia plena de la comunidad", sino que se creen cuerpos de funcionarios de ámbito autónomo. Ahora, los funcionarios forman parte de un cuerpo nacional.

Menos formación

En cuanto al funcionamiento de la Escuela Judicial, instalada en Barcelona y dirigida por un equipo de magistrados de reconocido talante progresista, el documento aprobado por el TSJC propone que se acabe con la situación actual, en la que se exigen dos años de estancia antes de ejercer. La propuesta es que sea un solo año y que, en todo caso, el CGPJ establezca en cada caso el tiempo que ha de permanecer cada promoción en función de la necesidad de cobertura de plazas.

La mayoría en el TSJC también reclama que se suprima el acceso directo a la carrera de juristas de reconocido prestigio (lo que se conoce como el cuarto turno) y que se reforme la Ley del Jurado para que el acusado pueda elegir que le juzgue un tribunal popular o uno formado por jueces.

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