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El Gobierno cree insuficientes las incompatibilidades previstas por la ley de Cajas

Alejandro Bolaños

El recurso interpuesto por el Gobierno central la semana pasada contra la ley andaluza de Cajas de Ahorros no sólo considera inconstitucional la intención del Parlamento andaluz de rebajar el peso de la Iglesia en los órganos de gobierno de CajaSur; la impugnación del Ejecutivo también carga contra algunos párrafos del régimen general de incompatibilidades previsto en la ley para los miembros de los Consejos de Administración, asambleas y comisiones de control. "El legislador andaluz ha restringido el alcance y el ámbito de aplicación de las causas de incompatibilidad previstas en las normas básicas", asegura el abogado del Estado en su escrito.

El grueso del recurso, anunciado por el Consejo de Gobierno el pasado 21 de enero y presentado ante el Constitucional cinco días después, se dedica a argumentar porqué considera el Ejecutivo central que la ley andaluza ha vulnerado la normativa estatal y los acuerdos internacionales con la Santa Sede al tratar de equiparar la representación del cabildo catedralicio de Córdoba en CajaSur al previsto para las entidades fundadoras de cajas de ahorros (ver EL PAÍS del 2 de febrero) La primera parte de la impugnación, sin embargo, se destina a explicar la supuesta "inconstitucionalidad" de algunos supuestos de incompatibilidad descritos en el artículo 44 para los miembros de los órganos de gobierno. La primera objeción del Gobierno se sitúa en los párrafos en los que se indica que no podrán ser miembros de los órganos de gobierno aquellas personas "condenadas por sentencia firme" a penas que les inhabilite para el ejercicio de cargos públicos, ni tampoco los que hayan incurrido en "infracciones administrativas graves o muy graves", siempre que el proceso contencioso-administrativo se hubiese agotado.

El recurso del Ejecutivo central recuerda que la normativa estatal "simplemente exige para que se dé la incompatibilidad que hayan sido 'condenados' o 'sancionados". El abogado del Estado entiende que la ley andaluza permite a las personas "condenadas" o "sancionadas" pertenecer a un órgano de gobierno de las cajas, durante la tramitación de los recursos judiciales que interponga, es decir mientras no haya sentencia en firme. "La ley no ha respetado el contenido mínimo de la base estatal".

Empleados

Un argumento similar emplea el abogado del Estado para tachar de inconstitucional el párrafo en el que se deja fuera de los órganos de gobierno a todos aquellos que perciban alguna retribución de la caja, excepción hecha de "la relación laboral de los empleados" de la entidad. El recurso sostiene que esta excepción, recogida en la norma estatal, sólo se refiere a los representantes elegidos por los trabajadores para intervenir en los órganos de gobierno y no a todos los empleados, como interpreta la ley andaluza.

La consejera de Economía, Magdalena Álvarez, pasó ayer de puntillas por la convulsa situación del sistema financiero andaluz y apenas se refirió a la hipotética fusión entre El Monte y Caja San Fernado, que ha recibido la bendición de los andalucistas, informa Javier Arroyo. Álvarez, que ha manifestado en varias ocasiones sus reservas ante la operación, no vio "ningún problema" en que el PA tuviera una posición y el PSOE otra.

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