El Supremo anula una condena impuesta por ocultar 119 millones a Hacienda
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha anulado la condena por delito fiscal que la Audiencia de Madrid impuso a Ramón Cantero García por no presentar declaración del IRPF ni del Impuesto sobre el Patrimonio en los ejercicios de 1991 y 1992, aunque obtuvo abonos en diversas cuentas bancarias de las que era titular por importe de 34,6 millones, en 1991, y de 85,2 millones, en 1992, según una sentencia hecha pública ayer. La Audiencia de Madrid condenó a Cantero a dos años de prisión, y multa de casi 70 millones, además del pago a Hacienda de 34,9 millones, como autor de dos delitos contra la Hacienda Pública, al entender que tuvo un incremento patrimonial injustificado que le originó una obligación tributaria de 17,4 millones en 1991, y al menos la misma cantidad en 1992.
Sin embargo, el Supremo -con el voto particular del magistrado Roberto García Calvo, que compartía el fallo de la Audiencia de Madrid- ha anulado la sentencia y ha absuelto a Ramón Cantero, por entender que no se practicaron las pruebas necesarias para acreditar las explicaciones que dio sobre el origen del dinero ingresado, lo que hubiera esclarecido si era gravable o no, y el periodo en el que se generaron las rentas.
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