_
_
_
_
Tribuna:LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Una ley procesal baldía

El proyecto de Ley de Enjuiciamiento Civil se prepara en estos días para su definitiva aprobación en el Congreso. Sorprende la escasa trascendencia que el Gobierno asigna a la votación final. Parece haber un interés consciente por el sigilo y el silencio, un afán por volver la vista hacia otro lado y pasar de puntillas sobre una de las tramitaciones más apresuradas y con mayor número de enmiendas de la reciente historia parlamentaria.El mutismo gubernamental se ha acentuado desde el pasado 23 de septiembre, cuando el Congreso rechazó la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Hasta entonces, para el Ministerio de Justicia dicha reforma orgánica era la piedra angular de la nueva ley procesal civil. Ambos proyectos eran inseparables y su poder modernizador dependía directamente de su simultánea entrada en vigor. A partir del rechazo de la Ley Orgánica, se emprendió una pirueta retórica agilísima, según la cual ambas reformas nunca habían estado relacionadas. Luego, se empleó el Senado para llevar a cabo una apresurada y definitiva separación de los dos proyectos, se dijo digo donde se había dicho diego y, en conjunto, se impartió una lección magistral de sofística e ilusionismo.

Durante este intervalo temporal, los más de 120.000 abogados colegiados españoles, a través de sus 83 Colegios y del Consejo General, que los engloba a todos, hemos expresado de forma unánime y constante nuestro rechazo al proyecto de Ley de Enjuiciamiento Civil, así como nuestra voluntad de diálogo y colaboración para conseguir, entre todos, una ley procesal civil eficaz y moderna, capaz de encauzar adecuadamente la Justicia del próximo siglo.

Se nos ha acusado de corporativismo, de actuar tan sólo en defensa de nuestros propios y supuestos privilegios. Es una acusación pintoresca cuando de las 540 enmiendas que los abogados hemos presentado a través de los diferentes grupos políticos sólo 12 hacían referencia al papel del abogado. En realidad, más de 120.000 abogados hemos alzado la voz al unísono para apoyar el derecho de asistencia jurídica gratuita, un derecho fundamental y, por tanto, sin cortapisas mercantiles, al que se consagra el artículo 24 de nuestra Constitución. Según nuestros acusadores, este precepto de nuestra ley de leyes ha dejado de ser tal para convertirse en un anacrónico privilegio corporativo de los abogados del que puede prescindirse sin sonrojo.

Pero al conjunto de los abogados nos sonroja, y va a seguir sonrojándonos, esta nefasta inconsecuencia, y otras muchas. Por citar un ejemplo, el ya citado rechazo del Congreso a la Ley Orgánica del Poder Judicial ha supuesto un rechazo implícito de muchas reformas operadas en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, en especial las relacionadas con las competencias de los Tribunales Superiores de Justicia y el recurso de casación por infracción procesal.

En su esfuerzo por sacar adelante la nueva Ley y para salvar este escollo, legalmente insalvable, el propio PP ha introducido varias enmiendas durante la tramitación del proyecto en el Senado. Con una de ellas, la Disposición Final 16ª bis, ha conseguido regular de manera transitoria el régimen de estos recursos. Es tanto como regular mediante una simple ley una materia con reserva de ley orgánica, lo que vulnera tanto el ordenamiento jurídico vigente como el respeto más elemental hacia las normas. Al sonrojo debemos añadir ahora la más honda preocupación.

De hecho, los motivos para preocuparse son tantos que su mero repaso abruma: la oralidad desaparece en el recurso de apelación; los justiciables no podrán recurrir simultáneamente una sentencia por defecto de forma y por infracción de ley; se sustituye el alcance práctico de las pruebas periciales por una selva de procedimientos reguladores. Y quizá el más grave: los abogados venimos sosteniendo que la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Civil implicará el inmediato colapso de la Administración de Justicia. Y lo sostenemos porque, en la nueva Ley, la inmediación judicial se reglamenta con tal grado de minuciosidad, y tal lujo de trámites accesorios, que su aplicación real es imposible para cualquier Juzgado de Primera Instancia. Y más en la situación actual de la Administración de Justicia española.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

La abogacía española lleva expresando estas opiniones desde octubre de 1997 sin que el Ministerio de Justicia le haya dedicado la menor atención. Conviene recordar que sólo se ha sometido a informe de los abogados el borrador de anteproyecto de la Ley, muy anterior. Dicho anteproyecto fue acogido con entusiasmo por las instituciones de los abogados. Hace ya más de dos años, vimos con asombro cómo el Gobierno aprobaba y llevaba a las Cortes un proyecto nuevo, radicalmente distinto del anteproyecto. Nunca se nos dio la posibilidad de informar sobre ese nuevo texto y desde entonces la única respuesta que hemos recibido ha sido el silencio.

Seguimos pidiendo que se suspenda la tramitación, una de las más aceleradas y contradictorias; que el texto se retire y se traslade a la Comisión General de Codificación, donde con serenidad y cordura se elabore un nuevo texto, consensuado, racional y práctico. No puede aceptarse que una ley tan fundamental como la que regula el proceso civil, norma supletoria de todos los demás procedimientos, se apruebe in extremis, sin contar con el consenso de todos los grupos políticos y, lo que es aún más grave, con la oposición radical de la mayoría de los operadores jurídicos: magistrados, jueces, fiscales, secretarios judiciales, abogados del Estado, notarios y abogados.

La perspectiva de un proyecto de ley tan baldío es especialmente desalentadora a las puertas del próximo siglo. La Ley de Enjuiciamiento Civil actualmente vigente data de 1881, y el conjunto de la sociedad la consideró adelantada a su tiempo. Nuestros antepasados tuvieron doblemente razón: la verdaderamente decimonónica es la que se tramita estos días, mucho más regresiva que aquélla. Si nada lo remedia, el efecto dos mil, ese mecanismo perverso que devuelve la realidad al año 1900, tendrá uno de sus mejores ejemplos en la Administración de la Justicia.

Eugenio Gay Montalvo es presidente del Consejo General de Abogacía.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_