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Contradicciones judiciales

Llegó del Brasil, de contemplar como un asunto de salarios y una reforma judicial mal diseñada están generando un conflicto entre el Ejecutivo y el Poder Judicial de la Federación, conflicto con anuncio de huelga judicial incluido, para encontrarme con un conflicto entre jueces y gobierno, que trae causa de problemas distintos, mas no distantes. El salario de los jueces actúa de detonante de lo que amenaza convertirse en un conflicto entre poderes del Estado. Vaya por delante que la reclamación judicial no parece que sea ni excesiva ni inasumible. Me parece que no es lo primero desde el momento en que se trata meramente de recuperar el poder adquisitivo perdido, y no me extrañaría que el cálculo pecara por defecto, si las retribuciones de otros funcionarios pueden servir de término de comparación. Tampoco parece que sea lo segundo, pues no creo alcance una cantidad exorbitante, a juzgar por las declaraciones del señor secretario de Estado, al que viene a traicionarle el subconsciente: si la modesta ampliación del número de plazas previsto para el año próximo es el destino prioritario para el Gobierno es que los fondos llegan para la subida, sólo que el ejecutivo prefiere para tales dineros otro destino. Pero haberlos haylos. Y ello sin necesidad de hacer comparaciones odiosas. Con las eléctricas, pongamos por caso.Mas la posición de los jueces, por muy justificada que esté, adolece de un serio vicio: con sus posicionamientos anteriores la judicatura se ha segado a sí misma la hierba bajo los pies, y nuevamente las declaraciones del señor secretario de Estado son reveladoras: el Gobierno no accede a la petición judicial porque teme el efecto demostración que la subida causaría primero en los otros cuerpos de funcionarios de la Administración de justicia y después en el resto de la función pública. La señora ministra acaba de hablar precisamente en ese sentido en la emisora de radio que tenía sintonizada en el coche. No se sube el sueldo a los jueces porque no tengan razón, sino porque se teme el efecto en cascada que la subida causaría en el resto de los funcionarios. Y esa es la clave del asunto: el resto de los funcionarios.

Las asociaciones judiciales y el Consejo alegan que los jueces son un poder del Estado, son el Poder Judicial, y con la Constitución en la mano tienen toda la razón del mundo, el art. 117.1 de la ley fundamental es claro: son los jueces y magistrados los integrantes del Poder Judicial. En consecuencia es de las retribuciones de los titulares de un poder del Estado de lo que se trata, y por ello no sería desencaminado fijarlas según el criterio que siguió en su día la señora Tatcher: pagar a los jueces de modo similar a los ministros de la Corona. Pero para que esa definición constitucional fuere socialmente creíble y políticamente viable los miembros del Poder Judicial deberían ser reclutados mediante procedimientos similares a los empleados en la provisión de los otros poderes de ese mismo Estado, y como ese Estado es democrático, mediante procedimientos que permitieran dotar al juez de algo que hoy no tiene y que cada vez se echa más en falta: legitimación democrática. A lo que las asociaciones judiciales y el Consejo se oponen con todas sus fuerzas.

Pues el Consejo y las asociaciones judiciales se han revelado en los hechos como decididos defensoras de la oposición entre candidatos sin experiencia legal previa como único método adecuado para obtener jueces, la mera lectura del Libro Blanco es, al respecto, bien ilustrativa, y lo son hasta el punto de tratar de reconvertir los turnos de acceso entre juristas en procedimientos de carácter concursal lo más similares posible a las clásicas oposiciones, de tal manera que, del mismo modo que sus antecesores acabaron por convertir en letra muerta las previsiones de la Constitución de 1869 y LOPJ de 1870 destinadas a ventilar la judicatura mediante el ingreso de juristas, los actuales están vaciando progresivamente de sentido las no muy afortunadas previsiones similares de la LOPI de 1985. Puede ser que esa política judicial fuere razonable en la década de 1880, cuando los funcionarios eran designados y removidos libremente por los ministros de la Corona, pero en un contexto en el que todos los funcionarios son reclutados por oposición, y teniendo tras sí una tradición centenaria de jueces ajustados al modelo napoleónico, de jueces concebidos como funcionarios que prestan un servicio público y sirven a una administración pública, la de Justicia, insistir en el modelo tradicional tiene sus costes. Y si el juez es reclutado como los funcionarios, tiene un status similar a los funcionarios, desarrolla una mentalidad similar a la de los funcionarios y tiene un tratamiento legal parecido al de los funcionarios es que los jueces son funcionarios. Y como a tales se les pagará. Si nace como un pato, tiene forma de pato, grazna como un pato, nada como un pato y vuela como un pato pocas dudas puede haber: es un pato.

Con esos antecedentes revestirse del manto de miembros de un poder del Estado no puede traer sino las consecuencias que trae: que la señora ministra y el señor secretario de Estado les traten como a funcionarios e incluso les ofrezcan el caramelo de una ley de retribuciones... para funcionarios del orden judicial. Por eso teniendo razón no se la dan. Y es que en un Estado democrático un poder del Estado reclutado por oposición entre licenciados recién horneados no pasa de ser un donoso disparate. Bien harían las asociaciones judiciales en general, y aquella que proporcionó la actual titular de la cartera de Justicia en particular, en meditar la crítica machadiana a los tradicionalistas: aquellas polvos trajeron estos lodos.

Manuel Martínez Sospedra es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia.

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