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¿Qué tendrán las cajas que todo el mundo las quiere?

El autor jurídica analiza la compleja situación de las cajas de ahorro y las tensiones competenciales entre el Estado y las comunidades autónomas.

Resulta sorprendente contemplar cómo unas entidades, las cajas de ahorro, que tradicionalmente han actuado con moderación, prudencia y cautela, están hoy en boca de todos. Se podría decir que todo el mundo las quiere. Y, de alguna manera, es cierto. Las cajas de ahorro han estado muy vinculadas a la sociedad a lo largo de su historia y, podríamos decir, se han ganado su cariño y fidelidad.

Pero no sólo la sociedad "quiere" a las cajas. En los últimos meses no se deja de hablar de ellas: desde el Gobierno la oposición, las comunidades autónomas, los gestores de otras instituciones financieras, hasta en el Fondo Monetario Internacional (FMI) se habla de las cajas de ahorro españolas. ¿Qué es lo que ocurre? Simplemente, que son un conjunto de entidades cuyo valor de mercado alcanzaría hoy cifras multibillonarias y que tienen una forma jurídica tan "peculiar" que conduce a que, desde diversos ámbitos, se esté llevando a cabo un acercamiento a las mismas.

Fíjense si será peculiar la forma jurídica, que ha sido el Tribunal Constitucional el que ha tenido que clarificarla. Mientras algunos creían que las cajas de ahorro eran entidades públicas y otros opinaban que podían ser públicas o privadas dependiendo de quién las hubiese fundado, muchos reconocían abiertamente que desconocían cuál era su naturaleza jurídica.

Pues bien, una vez analizadas las opiniones de diversos expertos y del Tribunal Constitucional se puede afirmar que son entidades de crédito de naturaleza privada y de origen fundacional, que se rigen por las normas generales de las entidades de crédito y las específicas de las cajas. Aunque se les atribuye cierto carácter fundacional (por su origen), no les son aplicables las normas legales características de las fundaciones.

Si la forma jurídica es "peculiar", no lo es menos su origen, pues no nacieron tanto con el objetivo de "hacer negocio" como de cubrir demandas sociales: facilitar a los estamentos menos favorecidos de la sociedad el acceso a sistemas de previsión y ahorro y realizar actividades benéfico-sociales.

50 billones de activos e ingentes beneficios. Pero, ¿saben ustedes qué representan para nuestra economía estas "extrañas" entidades? ¿Se hacen una idea de qué estamos hablando? De unos instituciones que, en su conjunto, acumulan activos por importe superior a los 50 billones de pesetas y que en 1998 consiguieron unos beneficios antes de impuestos de casi 700.000 millones de pesetas y, después de impuestos, de más de 520.000 millones de pesetas.

Imagínense cuál sería el valor de las cajas de ahorro en los mercados de valores, en unos momentos en los que el PER (número de veces que el precio de mercado supera al beneficio) de las entidades bancarias es superior a 20.

Y ¿cómo es posible que unas entidades que nacieron con la vocación de ser modestas hayan alcanzado una fortaleza financiera tan impresionante? En nuestra opinión, los motivos son varios: el proceso liberalizador, iniciado en 1977 con la Reforma Fuentes Quintana, que condujo a la equiparación operativa de las cajas con la banca y, desde 1989, a la libre apertura de oficinas en todo el territorio nacional; su modelo de negocio: la banca de particulares, su sólida implantación regional (han creado en sus zonas de origen una red de oficinas casi inexpugnable); el espíritu de cooperación entre las cajas y su modelo de gestión: -conservador, sereno y eficaz.

Ustedes pensarán que, si están tan bien gestionadas, sus órganos de gobierno estarán compuestos por renombrados economistas, financieros, empresarios. Pues, asómbrense, en las cajas de ahorro, el órgano de gobierno principal, la asamblea general, está integrado pon un colectivo tan variopinto como el formado por los impositores, las corporaciones locales, los fundadores y los empleados. Además, algunos de estos miembros de la asamblea general son elegidos por sorteo.

Pero eso no es todo; como las comunidades autónomas han asumido competencias para incluir a otros colectivos adicionales en los órganos de gobierno (a representantes de universidades, cámaras agrarias, cámaras de comercio, etcétera), en algunas cajas puede producirse un diálogo "de tú a tú" sobre el futuro de la institución entre, por ejemplo, un ama de casa (en representación de los impositores) y un agricultor (por parte de las cámaras agrarias).

Además de que es curioso, funciona. Las cajas de ahorro siguen ganando cuota de mercado de forma estable, rentable y solvente. Mucho hay que agradecer a los equipos directivos, que están logrando mantener un difícil equilibrio entre voluntades políticas y criterios de gestión mercado profesional.

Ciertamente, es tamos ante unas entidades curiosas y singulares. ¿O no es curioso que en los tiempos que corren unas entidades dediquen a obras sociales aproximadamente un 25% de sus beneficios netos? Estas son las cajas de ahorro. Tan queridas y necesarias que hasta han dado lugar a tiranteces entre el Estado y las comunidades autónomas.

¿Competencia estatal o autonómica? Nuestra Constitución no hace regencia expresa a que las comunidades autónomas tengan competencias sobre las cajas de ahorro, pero tampoco incluye a estas entidades entre las materias que son competencia exclusiva del Estado. Para complicarlo mas aún, la Ley 31/1985, del 2 de agosto, de Órganos Rectores de Cajas de Ahrros (LORCA), confiere a las comunidades autónomas determinadas atribuciones en materia de cajas de ahorro, reservando otras para única y exclusivamente del Estado.

Como era de esperar, ante un entramado normativo tan complejo, se desataron ciertas tensiones competenciales entre el Estado y las comunidades autónomas, llegándose a una situación en la que, aunque el Estado conserva algunas competencias básicas (normativas sobre recursos propios mínimos, normas reguladoras de la estructura, organización interna y funciones de las cajas de ahorro, etcétera), aspectos tan relevantes como la autorización de creación de cajas de ahorro, de su fusión o de su disolución y liquidación han sido asumidos por las comunidades autónomas en las que estas entidades tienen su domicilio social.

Otros aspectos que tienen un carácter más operativo (comunicación de apertura y cierre de oficinas, normas de protección de la clienteral, etcétera) son tutelados por la comunidad autónoma en la que se realizan las actividades, ¿Por qué tanto interés? ¿Es que son los poderes públicos los dueños de las cajas de ahorro? Algunos expertos piensan que lo son de facto, aun cuando jurídicamente esta opinión no sea sostenible.

En fin, antes de pasar a las conclusiones conviene aclarar que las cajas no tienen capital (en su lugar, existe una figura testimonial, el Fondo de Dotación). En un momento como el actual en el que los mercados de valores absorben cualquier emisión de acciones e incluso es preciso acudir a prorrateos al superar ampliamente la demanda de la oferta, el no disponer de esta posibilidad de financiación se convierte en una desventaja competitiva de cierta importancia.

Para tratar de paliar la situación comentada, el legislador español creó las cuotas participativas, figura integrante de los recursos propios que no ha tenido la acogida esperada debido a la ausencia de derechos políticos y a la falta de liquidez de los títulos, al no existir un mercado en que puedan negociarse.

Posibles soluciones. Lo cierto es que en su compleja situación jurídica radica una de las principales amenazas de las cajas de ahorro. Es humano y comprensible que desde diversos ámbitos estén surgiendo iniciativas para lograr una aproximación a la riqueza de estas entidades, que podría estimarse en bastantes billones de pesetas. Repasemos algunas de ellas.

Algunos piden la conversión de las cajas de ahorro en sociedades anónimas (hablan de privatización, cuando de hecho ya son entidades de carácter privado), alegando que se conseguirían importantes logros para la economía española (se podría destinar el importe obtenido por la venta de las acciones a la reducción del déficit público —en caso de que dicho importe se pudiese destinar a tal fin—, aumentaría la capitalización y profundidad de los mercados de valores españoles, se fomentarían las reglas del libre mercado). Desde luego, es una vía posible, que se ha seguido en algunos países europeos; pero en la mayoría de esos países se puede afirmar que hoy ya no hay cajas de ahorro (por ejemplo, Gran Bretaña).

Desde otros ámbitos se promueven fusiones interregionales. Como se ha apuntado, entre las competencias transferidas a las comunidades autónomas figura la autorización de una fusión. Este hecho dificulta en gran medida las fusiones interregionales y está conduciendo a que todos los proyectos o conversaciones tendentes a fusiones de cajas de ahorro se estén dando entre cajas de una misma comunidad.

Sin descartar que alguna fusión de esta naturaleza pueda estar fundamentada en argumentos de creación de valor, aumento de eficiencia y obtención de otras sinergias, en nuestra opinión no es un modelo que se pueda aplicar a todas la comunidades autónomas.

Algunas personalidades del mundo de las cajas de ahorro abogan por la concesión de derechos políticos a las cuotas participativas y que estos títulos sean negociables únicamente entre cajas; sería una forma de favorecer los procesos de concentración sin recurrir a procedimientos más radicales (como las fusiones).

Mientras tanto, desde las cajas de ahorro se pide que se respete su forma jurídica, se preguntan por qué hay que cambiar un modelo que funciona y alertan sobre el peligro de desaparición de las cajas si se modifica su naturaleza jurídica.

No somos nosotros los que debemos decir cuál es la solución que hay que dar a las cajas de ahorro; es más, quizá convendría preguntarse antes si necesitan una solución. De lo que sí estamos seguros es de que, cualesquiera que sean las decisiones que se adopten, no puede ponerse en peligro a unas entidades tan queridas, que tanto bien hacen por el país y que contribuyen a garantizar la competencia en nuestro país. Mientras tanto, los profesionales de estas instituciones deben afrontar un mercado cada vez más competitivo, más global, en el que aparecen nuevos riesgos y oportunidades.

Nuestro consejo para todos ellos es el siguiente: preserven los valores que han hecho grandes fuertes a las instituciones que dirigen (su clientela, su carácter local, su vinculación social, el espíritu de cooperación y la calidad de la gestión) y no se olviden de la necesaria mejora de la eficiencia, de continuar fidelizando la clientela (su principal activo) y de mantener la mente despejada para identificar nuevas oportunidades de negocio que creen valor para la sociedad a la que sirven.

Héctor Flórez es director de Arthur Andersen, sector financiero.

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