Una muerte evitable
LA MUERTE de la joven María del Mar Herrero, a manos de su ex novio, tildado de psicópata por la sentencia que le condenó en 1995 por el asesinato frustrado de una novia anterior, ha dado lugar a un desazonador debate social y jurídico, marcado por el desasosiego de no haber hecho nada por evitarla a pesar de las llamadas de socorro de la víctima. Que ese crimen, cometido ante los ojos de muchos, era evitable se deduce de la autocrítica hecha por las cúpulas judicial, policial y de la fiscalía madrileñas, que han reconocido su carácter de "fracaso institucional".Es importante que la justicia, el ministerio público y la policía admitan sin rodeos que pudieron hacer algo más, y que tenían a mano algunos medios para desbaratar los designios criminales del homicida. Pero esa autocrítica sólo será creíble si desde ya mismo actúan con mayor sensibilidad y diligencia en los casos de violencia doméstica.
La Fiscalía de Madrid ha defendido con firmeza que había medios legales para anular la libertad condicional del ex novio de Maria del Mar y devolverle a la cárcel. Están en el artículo del Código Penal que prevé esa medida "si el reo delinquiere o inobservare las reglas de conducta impuestas". Pero la juez de vigilancia penitenciaria, en una interpretación tan exageradamente literal de ese precepto que le vacía de racionalidad, consideró que sólo si hay condena puede decirse que alguien delinque. Es evidente que hay mucho que discutir sobre una interpretación de la norma que deja inerme a la víctima frente a quien la amenaza con arrebatarle la vida. Pero ese mismo precepto también permite revocar la libertad condicional si el reo no observa las reglas de conducta impuestas. ¿No cabe incluir en esas reglas de conducta exigibles a un preso en libertad condicional la de no amenazar de muerte a nadie? Sólo desde una justicia burocratizada, que desconoce la realidad del caso, puede explicarse que el autor de la muerte de María del Mar estuviera en libertad el día que cometió el crimen.
Pero no menos burocrática fue la actuación del juez de Alcobendas, incapaz de calibrar el riesgo de las amenazas de muerte denunciadas por María del Mar. No tenía que hacer futurología, sino tomar en serio una denuncia sobre amenazas que, como se demostró, anunciaban un riesgo más que potencial contra la vida de la denunciante. Pero para valorar en su justa medida ese riesgo es indispensable hablar con la denunciante, ver su cara y el grado de ansiedad que refleja. Es decir, cumplir con ese principio de una buena justicia que se llama inmediación judicial. La absurda muerte de María del Mar pone en la picota a una justicia administrada desde la lejanía de los despachos, sin conocer al delincuente ni a sus víctimas, y que da pábulo a esa imagen de maquinaria fría e insensible que exhibe a los ojos de muchos ciudadanos.
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