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El Supremo ejecuta la sentencia contra Liaño y le reclama la multa

La Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó ayer ejecutar la sentencia por la que se condenó al ex juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño por delito continuado de prevaricación por su actuación como instructor en el caso contra Sogecable.El ex juez fue condenado a las penas de inhabilitación especial para empleo y cargo público durante 15 años, con pérdida definitiva del cargo que ostentaba y los honores que le eran anejos así como a 18 meses de multa a razón de 1.000 pesetas diarias. La condena se extiende a la incapacidad durante esos 15 años para obtener cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno en el Poder Judicial, así como al pago de las costas procesales.

El tribunal, al que se ha incorporado el magistrado José Antonio Martín Pallín por jubilación de José Manuel Martínez-Pereda, señala que, dado que la sentencia es firme, es procedente acordar su ejecución. Por ello ha informado a las partes, ha ordenado que se anote su condena en el Registro de Penados y Rebeldes y ha requerido a Liaño para que haga efectivo el pago de la multa impuesta, de mil pesetas diarias, durante 18 meses, lo que totaliza 540.000 pesetas.

Mil pesetas al día

El juez condenado ha alegado que no dispone de fondos para hacer frente a las 540.000 pesetas, aunque en realidad, y de acuerdo con la sentencia, sólo tendría que disponer de 1.000 pesetas cada día durante los próximos 18 meses.

Como Liaño también ha sido condenado al pago de las costas procesales, el tribunal ha decidido su tasación y ha dado un plazo de cinco días para que los abogados de los querellantes presenten la minuta de sus honorarios, así como la del procurador. El impago de las costas, a diferencia de la multa, no supondría el arresto sustitutorio del ex juez.

El coordinador general de Izquierda Unida, Julio Anguita, ha logrado ya reunir e incluso superar las 540.000 pesetas de la multa, según fuentes jurídicas que cita la agencia Efe. Anguita y Pablo Castellano abrieron, a título personal, una cuenta corriente para recaudar fondos con los que sufragar la multa impuesta a Liaño, lo que provocó una reacción de rechazo entre algunos dirigentes de su coalición.

El Supremo, además, ha dado tres días de plazo a las partes para que se pronuncien sobre la suspensión de la condena que ha solicitado el juez condenado sobre la base de que ha pedido el indulto al Gobierno. No obstante, y de acuerdo con el artículo 32 de la Ley de Indulto, "la solicitud de indulto no suspenderá el cumplimiento de la sentencia".

El tribunal ha informado también que la defensa de Liaño ha desistido del recurso de súplica que interpuso en el momento anterior a la lectura de la sentencia, en el que impugnaba el cambio de ponente, lo que en su momento se interpretó como un argucia jurídica de última hora para dilatar el proceso. La defensa del ex juez, en el citado recurso, consideraba que era el magistrado más moderno, es decir, Enrique Bacigalupo, quien debería de haberse hecho cargo de la ponencia, en lugar del presidente, Gregorio García Ancos. Sin embargo, las normas de reparto del Supremo son claras, la ponencia debe pasar al magistrado más moderno siempre que no se haga cargo de ella el presidente del tribunal.

El fiscal del Estado, Jesús Cardenal, se mostró ayer de acuerdo con el comunicado del Consejo del Poder Judicial en el que se defiende la actuación de los magistrados del Supremo que han condenado a Liaño. En declaraciones a RNE, dijo: "Una cosa es que no compartamos los razonamientos jurídicos de la sentencia y otra es que demos vía libre a las descalificaciones personales o a los juicios de intenciones".

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