Problemas, incongruencias y caos en la aplicación de los arrestos de fin de semana
El informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la aplicación del nuevo Código Penal critica con dureza la novedosa pena del arresto de fin de semana, cuyos problemas denuncia. El texto resalta la incongruencia de una sanción que se proclama alternativa a la prisión, pero que se cumple en instituciones penitenciarias, y reprocha la regulación "extraordinariamente caótica" de dicha pena. En todo caso, frente a la opinión inicial de la Comisión de Estudios e Informes del CGPJ, que abogó por el cumplimiento de los arrestos de fin de semana en el domicilio de los condenados (véase EL PAÍS del pasado 3 de mayo), el informe definitivo da marcha atrás y declara: "Plantear que la pena de arresto de fin de semana se cumpla en el propio domicilio, si no se abordan otras deficiencias (...), no solucionará la actual problemática que plantea".
El CGPJ reconoce la novedad de esta pena, pero recoge de la doctrina jurídica y del Defensor del Pueblo la necesidad de medios penitenciarios adecuados para alcanzar sus fines. En cambio, critica la falta de tales medios y la ausencia de una regulación que atienda a las singularidades de esta pena.
Entre las contradicciones constata que el Código elimina las penas privativas de libertad inferiores a seis meses, pero mantiene el arresto de fin de semana que, al cumplirse en centros penitenciarios, implica someter a los condenados al "contagio criminógeno" con responsables de delitos más graves, o aplicarles un régimen de aislamiento a personas que "cumplen una pena leve por un delito menos grave".
Entre las soluciones que propone el CGPJ figura la de "adecuar los depósitos municipales a las exigencias que demanda el régimen de cumplimiento de esta pena", aclarar por vía legal las lagunas existentes en el decreto que reguló en 1996 la ejecución de esta pena y clarificar las competencias de los juzgados sentenciadores y los de vigilancia penitenciaria.
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