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Decomisado el 25% del producto que cada año usan los "narcos" colombianos

Las casi 12 toneladas de permanganato potásico interceptadas por la policía suponen la cuarta parte de la cantidad de este producto que se necesita para elaborar el total de la cocaína que se fabrica anualmente en Colombia, según Jesús Espigares, comisario general de Policía Judicial. Gonzalo Robles, delegado del Plan Nacional sobre Drogas, apostilló que con el permanganato decomisado se podrían haber elaborado unas 60 toneladas de cocaína. Es una cuenta sencilla: cada kilo de este producto sirve para elaborar cinco de clorhidrato de cocaína. El permanganato potásico, que se presenta en forma de cristales de color violeta, es inodoro. Su uso legal es muy diverso: desde la depuración de aguas hasta la industria textil, farmacéutica, fabricación de esmaltes, cementos y asfaltos... Sin embargo, la fabricación, transformación, almacenamiento, distribución, comercialización y exportación del permanganato potásico fuera de la Unión Europea están sometidas a control, al estar considerado como un precursor: una sustancia química imprescindible para elaborar otra diferente.

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Interceptada en Colombia una carga química enviada desde España para elaborar 60.000 kilos de cocaína

En efecto, se utiliza como oxidante de la pasta base de coca para limpiarla de impurezas antes de otro proceso en el que intervienen disolventes como la acetona junto con ácido clorhídrico. El resultado de estas transformaciones químicas es el clorhidrato de cocaína (la nieve o polvo blanco que suele esnifar el consumidor).

China, el mayor fabricante

China es el mayor fabricante de permanganato potásico, seguido de Estados Unidos, la República Checa, Ucrania e India. Esta sustancia se ha convertido en fundamental e imprescindible, según todos los expertos mundiales, para la elaboración del clorhidrato de cocaína. Por este motivo, está sometida a rígido control aduanero y policial al mismo nivel que la acetona, la metiletilcetona, el ácido clorhídrico, el éter etílico, el tolueno y el ácido sulfúrico. Todos estos precursores se engloban en la categoría 3 establecida por el Convenio de las Naciones Unidas en 1988 y la ley española de 10 de enero de 1996.

La ley aprobada por el Parlamento en 1996 sobre las medidas de control de las sustancias químicas susceptibles de ser desviadas para la fabricación ilícita de drogas resalta que el Gobierno debe luchar no sólo contra los estupefacientes, sino vigilar "aquellos productos químicos necesarios para la fabricación o transformación de los mismos como una forma más de reducción de la oferta" de drogas. Y reconoce que los países productores de droga no son los únicos responsables de este problema, sino también los fabricantes de precursores, es decir, "fundamentalmente los países desarrollados". No obstante, la ley alerta de que el control de estos productos "debe dirigirse únicamente a evitar su posible desvío para la fabricación ilícita de drogas, sin interferir de forma gravosa en el normal desarrollo de la industria química y farmacéutica".

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