LAS NORMAS INCUMPLIDAS
Los concejales tienen el deber de formular ante el registro municipal la declaración de "sus actividades y ocupaciones profesionales, mercantiles o industriales y otras fuentes de ingresos privados, con especificación de su ámbito y carácter y de los empleos o cargos que se ostenten en entidades privadas". Artículo 31 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF)."En el caso de que tales ocupaciones [privadas] sean remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del pleno de la entidad local". Artículo 13.3 del ROF
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