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El Supremo da derecho a pensión a la hermana de un inválido

El Tribunal Supremo ha concedido a la hermana de un inválido, con el que convivió hasta su muerte, el derecho a percibir la pensión en favor de familiares, de mayor cuantía, previa renuncia a la de viudedad.La Sala de lo Social del Supremo ha admitido así el recurso que A.D.O. presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Castilla y León en la que se le denegaba el derecho a percibir esta pensión, que alcanzaba el 65% de las 164.512 pesetas mensuales que en vida percibía su hermano en concepto de pensión de invalidez, frente a las 47.850 por viudedad que ella percibía.

El fallo del tribunal de Castilla y León consideraba que la pensión propia de viudedad es un obstáculo para que nazca el derecho a la pensión en favor de familiares, mientras que el Supremo considera que "la pensión inferior al salario mínimo interprofesional no debe obstar el lucro de la superior causada por el hermano conviviente e inválido".

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