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El Supremo culpa a Liaño de las dilaciones en su proceso

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha desestimado un nuevo recurso del juez Javier Gómez de Liaño con el que éste pretendía que se abstuvieran de juzgarle los magistrados ante los que debe responder de los tres delitos de prevaricación de los que está acusado por su actuación en el caso Sogecable. El alto tribunal ha recordado al juez y a su abogado defensor, el diputado del PP Jorge Trías, que pueden recusar al tribunal en vez de incurrir en "trámites dilatorios e inadecuados" que agravan el atraso que viene denunciando el propio Gómez Liaño. Como muestra de tales "dilaciones", el Supremo recuerda en otra resolución que Gómez de Liaño pidió la revisión o aclaración de un auto de la Sala Segunda porque no figuraba "el nombre del secretario" que lo dictó o porque del auto se daba cuenta "al presidente de la Sala" en vez de "al magistrado ponente".

Extemporánea

En dos resoluciones distintas, el Supremo rechaza, por ser "extemporánea a todas luces", la pretensión de Liaño de que se archive la causa que se sigue contra él. Dicha pretensión no sólo ha sido impugnada por las personas y entidades que ejercen la acusación contra Liaño, sino incluso por el ministerio fiscal, que no le acusa de nada.

En contestación a otro recurso de Liaño, el Supremo rechaza por "atípica" y "anómala" su pretensión de que se abstengan de juzgarle y sean sustituidos los tres magistrados que integran el tribunal. Sin embargo, el alto tribunal añade algunas consideraciones para dejar claro que en ningún momento ha realizado valoraciones sobre la tipicidad de los hechos, o la intencionalidad o culpabilidad del juez. Dichas puntualizaciones van orientadas a desbaratar la supuesta "contaminación" del tribunal esgrimida por Liaño.

El tribunal explica que el auto en el que rechazó abstenerse de juzgar a Liaño "no es meticuloso", ya que "deja abierta la valoración de los aspectos decisivos" planteados por el recurrente. Por eso, los magistrados ratifican que aún no se han pronunciado sobre si son o no injustas las resoluciones que dieron lugar al caso Liaño: la fianza de 200 millones de pesetas y la prohibición de salir de España al presidente de Sogecable, Jesús de Polanco, así como el mantenimiento del secreto sumarial en contra de lo ordenado por la Audiencia.

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