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Rebajada una pena por abusar de las hijas sin suficiente intimidación

La sentencia evita condenar por violación como pedía la fiscalía

El País

La Audiencia de Barcelona ha reducido, respecto a la petición fiscal, la condena a un padre que abusó de sus dos hijas porque la violencia que ejerció para doblegar sus voluntades no tiene entidad suficiente para hablar de violación. El fiscal pedía 13 años de cárcel y la sentencia lo ha dejado en cuatro. Juan Saldaña abusó y penetró sexualmente a una de sus hijas durante años aprovechando el clima de terror impuesto en su hogar.

El aprovecharse de su carácter violento, la sistemática existencia de malos tratos -incluyendo bofetadas- y amenazas verbales contra los miembros de su familia del tipo "tú te lo has buscado" no son conductas , a juicio del tribunal, suficientes para condenar al agresor por violación como solicitaba el fiscal. Según el texto de la sentencia de la Sala Tercera de la Audiencia de Barcelona, a la que ha tenido acceso la agencia Efe, para condenar al acusado a más pena es necesario que la intimidación ejercida "sea racional e inminente" y que "el mal con que se conmina a la víctima a vencer su voluntad sea grave e inmediato".La sala afirma en la sentencia que estos supuestos no se dan en el caso ya que el temor de las víctimas -ambas menores- era fruto de una violencia genérica y no concreta e inmediata, "fruto de la experiencia diaria".

Los jueces consideran probado que desde antes de 1990 hasta 1998, el acusado abusó sexualmente de su hija nacida en 1976 y la sometió a tocamientos y penetraciones aprovechando las ausencias de la madre del domicilio por motivos de trabajo. La otra hermana, nacida en 1979, también fue víctima de los abusos del condenado durante 1995.

Eximente

Por el delito continuado de abuso sexual con acceso carnal y prevalimiento de relación de parentesco a su hija mayor, Saldaña ha sido condenado a cuatro años de prisión. Por abusar de su otra hija, la condena se limita al pago de una multa de 100.000 pesetas ya que el tribunal le aplica una eximente incompleta de trastorno mental por la oligofrenia leve y la pérdida de capacidad auditiva que sufre el condenado desde la infancia. El tribunal considera que todo ello, junto a las secuelas por el abusivo consumo de alcohol, ha causado al procesado consecuencias psíquicas "irrecuperables".

Además, la Audiencia de Barcelona ha absuelto a un hombre acusado de abusar de una deficiente mental al considerar que no han quedado probados los hechos por los graves problemas de comprensión y comunicación de la víctima.

Según afirma el texto de la sentencia, la prueba acusatoria carece de firmeza porque, junto a los problemas de expresión de la víctima, el testimonio de su hermana se funda en una sospecha. El tribunal valora en este sentido la "gran dependencia" de la víctima respecto de su hermana y las "limitadas" posibilidades de comunicación de la supuesta agredida.

Por otra parte, también en Barcelona, será juzgado la próxima semana un violador por abusos a menores cometidos cuando se encontraba en libertad tras acogerse al nuevo Código Penal y cumplir seis de los 26 años de cárcel a los que había sido condenado por violación.

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