La Audiencia concede un permiso de seis días a un preso que se ha fugado dos veces
La Sección Quinta de la Audiencia de Madrid ha concedido un permiso de seis días a un preso de Navalcarnero que se ha fugado dos veces de la cárcel, ha sido condenado 10 veces, su comportamiento general en prisión ha sido negativo y, además, acumula una condena total de 50 años de prisión. El tribunal le ha otorgado el permiso, "no por un acto de pura voluntad ni razones humanitarias", explica, "sino porque la ley debe aplicarse, incluso con riesgo, en la forma que más favorezca el cumplimiento de los fines de la condena". "Este interno", argumentan los jueces, "ha pasado por lo peor: su conducta ha ido de peor a mejor, mantiene lazos familiares, y la esperanza de su reinserción no es vana. Se sabe", añaden, "lo que puede esperarse de la denegación del permiso: desesperación, rabia, decepción, tal vez disimulo o hipocresía, y también lo que puede esperarse de su concesión, ya que el riesgo de que haga un mal uso de él es verdad". No obstante, ese riesgo "está paliado por las circunstancias personales de maduración y miedo al castigo y por las familiares y sentimentales de apoyo".PASA A LA PÁGINA 3
El tribunal concede el permiso al preso para "no hacerle sufrir más y que tenga esperanza en su reinserción"
VIENE DE LA PÁGINA 1 Frente al potencial riesgo de reincidencia y fuga que presenta el interno Manuel C. S., la Audiencia opone que también él es merecedor de este beneficio. Por lo que le ofrece la oportunidad "de demostrar que también él es compatible con la libertad, y que puede acostumbrarse a decidir por sí solo, y no a que todo se lo den decidido, y que en su sentido de la responsabilidad está la llave de un futuro que aún puede ser largo y alegre".
Las 10 causas que pesan sobre Manuel C. S. son por tenencia de armas, robos con intimidación, quebrantamientos de condena y contra la seguridad en el tráfico. Se fugó de la cárcel en diciembre de 1988 y en junio de 1991. El tribunal ha considerado a favor del interno "el apoyo familiar del que dispone" y su actual "relación sentimental", y señala que las dos fugas que protagonizó, ocurridas "antes de cumplir los 28 años (ahora tiene 36)", no son "obstáculo suficiente para denegarle el permiso", tal y como había hecho la juez de vigilancia penitenciaria. Las tres cuartas partes de su pena, cuyo cumplimiento deja abierta la posibilidad de la libertad condicional, expiran en el año 2014. Al concederle este permiso, el tribunal le insta a que demuestre que se ha hecho merecedor de él "y de otros futuros que puedan llegar" y a la posibilidad de que "incluso en su momento se le otorgue un régimen carcelario más favorable para su vida en prisión". Dada la situación de este interno (lleva 11 años preso y su comportamiento sólo ahora comienza a ser positivo), el tribunal cree que "no debe optar porque el preso simplemente siga sufriendo. Seguirá [sufriendo], pero debe tener esperanza, y si se produce el círculo virtuoso que la ley desea, esa esperanza de libertad llevará al anticipo de la libertad". Para acceder al permiso, el tribunal pone una condición: "Alguna persona de su confianza -abogado, amigo, amiga...- deberá ir a la prisión para recogerle". Sin perjuicio de que "la junta de tratamiento de la prisión, si lo estima conveniente, acuerde en su caso la presentación del interno ante la autoridad policial" en el lugar donde vaya a disfrutar del permiso.
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