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El Ejecutivo justifica la concesión del tercer grado carcelario a Mario Conde

El Gobierno defiende que la aprobación del tercer grado al ex banquero Mario Conde por parte de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias no constituye "ni un vaciado de la pena, ni una provocación, ni una sensación de impunidad, en los términos que se han podido manifestar en algunas críticas" a dicha resolución administrativa. Así consta en una respuesta parlamentaria presentada por el Ejecutivo a la presidenta de Nueva Izquierda, Cristina Almeida.

En la respuesta ofrecida a Almeida, el Gobierno afirma que las "variables relevantes" que determinaron la concesión del régimen abierto restringido al exbanquero han sido "la primariedad delictiva, ya que el interno no ha sido condenado a pena alguna con anterioridad; la ausencia de cualquier medida judicial que vincule la presente resolución de clasificación, y el ambiente familiar normalizado y de apoyo al recluido, así como la buena integración social de éste".

Añade que el resto de variables relevantes consideradas serían "la dificultad de reincidencia, toda vez que su actividad delictiva está ligada a una trayectoria profesional de la que está desvinculado en la actualidad, y la corta duración de la condena impuesta, así como el hecho de haber permanecido en libertad durante más de tres años desde su anterior ingreso sin que haya intentado sustraerse a la acción de la justicia".

El texto preparado por el Ejecutivo afirma que el sistema penitenciario español "es un sistema individualizado, por lo que no sería necesario hacer comparaciones con otros casos dado que en cada uno pueden concurrir circunstancias muy diferentes".

El texto destaca, en ese sentido, que "la Administración penitenciaria ha dictado hasta la fecha 308 resoluciones concurriendo características objetivas semejantes a las que concurren" en la resolución sobre Conde, "sin que esta suponga ninguna discriminación positiva o negativa en relación con las demás".

Polémica resolución

El Ejecutivo precisa que la resolución adoptada por Instituciones Penitenciarias el pasado 4 de agosto -que permitía a Conde salir de prisión dos fines de semana al mes- fue tomada "de acuerdo con la propuesta formulada, en su día, por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario Madrid II, propuesta formulada por mayoría de seis votos a favor del tercer grado y dos a favor del segundo grado".El Gobierno recuerda en su respuesta parlamentaria que dicha resolución administrativa fue recurrida por el ministerio fiscal el 7 de agosto, y el juez de vigilancia penitenciaria estimó las pretensiones de éste, quien posteriormente -el día 21 de ese mismo mes- dictó auto aclaratorio indicando que Conde permanecía en segundo grado hasta la resolución de los recursos presentados.

Finalmente, el 10 de septiembre, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Madrid estimó el recurso de reforma interpuesto por el exbanquero contra el auto dictado por el mismo juzgado el 18 de agosto, dejándolo sin efecto y manteniendo íntegramente el acuerdo de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

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