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El TC anula una parte de la Ley de Puertos Deportivos

El Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad parcial de algunos precepto de la ley de Puertos Deportivos Andalucía de 1988, recurrida en febrero de 1989 por el entonces Gobierno socialista de Felipe González. En una sentencia de 1 de octubre, difundida ayer, el alto tribunal declara los artículos relativos a instalaciones ligeras náutico-deportivas nulos por exceder de las competencias de la Junta y colisionar con la Ley de Costas. El TC "no considera aceptable" que se pretenda extender el ámbito de la competencia autonómica a cualquier varadero por el hecho de sean susceptibles de algún tipo de utilización náutico-deportiva. El TC advierte que "de este modo" se entrega a las autoridades autonómicas "la decisión de elegir una concreta porción de costa" para el establecimiento de dichas instalaciones, competencia de la que carece la comunidad andaluza. La sentencia cree que la Junta no invade ninguna competencia estatal siempre que sitúe las zonas portuarias náutico-deportivas fuera de los puertos de interés general.

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