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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Democracia municipal

DESCENTRALIZAR HA sido en nuestro país, desde que se aprobó la Constitución, sinónimo de traspasar poderes y recursos desde el Estado central a las comunidades autónomas, depositarias de la identificación política de las nacionalidades históricas y del ejercicio de poder regional. En esta lectura casi unívocamente autonómica de lo que debe ser una gestión descentralizada, los grandes olvidados han sido los ayuntamientos. Aunque son por definición las administraciones más próximas a los ciudadanos, su modernización política y consolidación financiera se han venido aplazando en un clima de desinterés generalizado, roto tan sólo por los sobresaltos que se producen esporádicamente en torno a casos de corrupción local o de incidentes graves en los plenos municipales.Los partidos políticos parecen estar dispuestos ahora a corregir esta desatención. Después de dos años de negociaciones, un acuerdo con todos los grupos políticos permitirá al Gobierno aprobar hoy un conjunto de reformas legales cuyo objetivo declarado es perfeccionar la regulación democrática de los municipios y aumentar su participación e importancia en la vida política. El valor de esta reforma radica en la estabilidad y agilidad de gestión que pretende aportar a los ayuntamientos, deficitarios hasta el momento en usos y costumbres democráticos que son conocidos y apreciados por los ciudadanos en la vida parlamentaria. Con las normas que va a aprobar hoy el Consejo de Ministros, las mociones de censura no podrán ser interrumpidas por la decisión obstruccionista del alcalde afectado, como sucedió en el grotesco episodio del Ayuntamiento de Melilla, en marzo; pero la regulación de la moción de confianza da más seguridad a los equipos municipales; los alcaldes adquieren también una mayor capacidad de decisión, que permitirá agilizar la gestión de los presupuestos sin perjudicar el control que deben ejercer los plenos. Los ayuntamientos podrán, además, interponer recursos ante el Tribunal Constitucional cuando consideren lesionados sus derechos por normas estatales o autonómicas.

El cuadro de reformas, ni es perfecto ni agota la tarea de la regeneración democrática local. Tan sólo resuelve algunos de sus múltiples puntos negros. Pueden citarse severas carencias que el paquete legal alumbrado hoy ni siquiera roza. Por ejemplo, la cuestión de la financiación de las corporaciones locales, cuyos efectos se extienden a la financiación global del Estado, o la proliferación de alcaldes convertidos en tiranuelos locales. Pero los comienzos suelen ser modestos. Una vez confirmado que los partidos asumen la importancia de la reforma municipal, es de esperar que ésta y otras se aborden de forma paulatina y con un grado similar de acuerdo entre las organizaciones políticas. Porque tan importante como el propio contenido de los cambios legales es la disposición de los partidos a un acuerdo para extender y consolidar las prácticas democráticas a partir de la gestión pública en los pueblos y ciudades. Que es donde viven los ciudadanos.

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