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''El abogado no debe mezclarse en negocios de su cliente'', afirma Eugeni Gay

"El abogado no debe ni puede mezclarse en los negocios de su cliente, porque corre el riesgo de perder su independencia, hacerse cómplice o ser utilizado, de manera que caigan sobre él las consecuencias", dijo ayer Eugeni Gay, presidente del Consejo General de la Abogacía, al responder a preguntas sobre las relaciones entre Mario Conde y Mariano Gómez de Liaño, en el caso Banesto. Conde dijo en el juicio oral, el pasado 13 de abril, que dinero suyo entró en el grupo Eurnan-Valyser -acusado de realizar operaciones fraudulentas con Banesto- por orden de su abogado, Gómez de Liaño. Añadió que éste no contaba con poderes ni autorización para ordenar esas transferencías canalizadas como préstamos. Fue el propio Liaño quien declaró, el 19 de enero de 1995, durante la instrucción del caso Banesto, haber ordenado esas operaciones, sin saberlo Conde.

"Sin entrar en este ejemplo concreto", dijo Gay, "el abogado no puede ser en ningún caso un alter ego de su cliente, sino sólo el asesor y defensor de sus intereses jurídicos". Precisamente, Conde declaró, en diciembre de 1994, que Gómez de Liaño había sido su ''administrador real", desdiciéndose más tarde, el pasado lunes, con la excusa de que había sentido una fuerte "presión" ambiental cuando hizo dicha afirmación ante el juez García Castellón.

Fuentes judiciales señalaron que no hubo ninguna "presión" durante la declaración del ex banquero. "Quizá pasara apuros ante los préstamos que sus sociedades patrimoniales personales dieron al grupo Euman-Valyser y no encontró otro pretexto que culpar a su abogado", dijo una fuente consultada. Cuatro sociedades de Conde concedieron al citado grupo 504,6 Millones en julio de 1989; asimismo, según Conde sin su conocimiento, Liaño ordenó a la sociedad Asebur Inversiones, de Conde, emitir dos comfort letter [cartas de respaldo] a favor de Valyser en dos créditos solicitados al Banco de Progreso en 1990 y 1991.

Según Gay, la completa independencia entre el abogado y los negocios de su cliente es una línea de análisis "que figura en las normas deontológicas de la abogacia, tanto española como europea".

El Consejo General de la Abogacía ya había actuado con dureza en otro caso de deontología profesional protagonizado por Jesús Santaella, abogado de Mario Conde y de Juan Alberto Perote, ex jefe de la Agrupación de Operaciones y Misiones Especiales (AOME) del Centro de Superior de Información de la Defensa (Cesid). Santaella se entrevistó con distintas personalidades en 1995 (el ex presidente Adolfo Suárez; el ex ministro José Barrionuevo; el entonces ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, y el entonces presidente del Gobierno, Felipe González) para ofrecer un pacto. En alguna de las reuniones, en el despacho del director de gabinete de presidencia, en La Moncloa, José Enrique Serrano, en julio y agosto de 1995, Gómez de Liaño acompañó a Santaella.

El ejemplo de Santaella

Santaella prometió entregar material relacionado con acciones contra el GAL que había sido hurtado del Cesid por su cliente Perote y que éste puso a disposición de Mario Conde, a cambio de condiciones económicas (14.000 millones de pesetas de indemnización por los daños presuntamente sufridos por Conde con la intervención de Banesto) y judiciales (apartamiento del juez García Castellón del caso Banesto en favor del juez Miguel Moreiras) e impunidad para las actividades ilegales de Perote. El Consejo de la Abogacía abrió expediente a Santaella a raíz de varias denuncias e indagó los hechos, decidiendo sancionar a Santaella por revelar secretos profesionales a una pena de suspensión en el ejercicio de la abogacía de cinco meses. El Consejo dejó constancia de que Santaella tuvo contactos con Barrionuevo, Belloch y González sobre el conocimiento de Perote y Conde de informaciones confidenciales, sensibles para la seguridad del Estado, sustraídas del Cesid y "supuestamente en poder de sus dos clientes con el fin de obtener ventajas". La sanción está recurrida.

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