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Cuatro policías municipales, condenados por el brutal desalojo de los artesanos de Santa Ana

Los agentes policiales no deben agredir "de forma desproporcionada e innecesaria" a un ciudadano. Ésta es la síntesis de la sentencia condenatoria que acaba de dictar la Audiencia de Madrid contra los policías municipales acusados del brutal desalojo de los artesanos de la plaza de Santa Ana el 28 de octubre de 1989. El tribunal que les ha juzgado da un fuerte varapalo penal a cuatro de los cinco policías que se sentaron en el banquillo por estos hechos: uno ha sido condenado a dos años de cárcel, y los otros tres, a 24 arrestos de fin de semana.

Los cuatro agentes condenados deberán indemnizar a los dos artesanos que salieron peor parados de la trifulca con un total de 650.000 pesetas. Y si se declaran insolventes, el Ayuntamiento deberá hacerlo por ellos, según la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Carmen Compaired. Los agentes condenados son Ezequiel Antoranz Gómez (sobre quien ha recaído la mayor pena: dos años de cárcel) y sus compañeros María Soraya Benito García, Roberto Rodríguez Castro y Francisco José Rosado Cruz, condenados estos tres últimos a 24 Fines de semana de arresto. Se les atribuyen delitos de lesiones. El quinto policía implicado ha sido absuelto por falta de pruebas.Relato de los hechos

Los hechos se sucedieron en la tarde-noche del sábado 28 de octubre de 1989. Al igual que hacían todos los sábados, los artesanos montaron una vez más sus puestos en la plaza. El Ayuntamiento les había autorizado para ello hacía años, pero también hacía años que había expirado esa autorización. Ese sábado, según el tribunal, un numeroso grupo de agentes arribó a la plaza con "una orden verbal" del entonces concejal de Centro [Ángel Matanzo]. Debían comunicar a los artesanos que carecían de autorización para montar sus puestos. "Se originó un altercado y resultaron con lesiones tanto policías como artesanos", subraya la Audiencia.

El artesano José Luis Torres Caldevilla resultó con lesiones especialmente graves: tardó en curar 50 días. Fueron varios los policías que golpearon con sus porras a Torres, pero sólo uno ha sido claramente identificado: Ezequiel Antoranz Gómez. Antoranz se empleó sobre Torres de forma "contundente, in necesaria y desproporcionada". El agente declaró en el juicio que golpeó a una persona que previamente había agredido a un inspector policial que estaba con él. La agresión, según la definió el inspector en el juicio, consistió en "un empujón".

El otro artesano herido fue Alejandro Martí de la Serna. El tribunal declara probado que éste recibió "un fuerte golpe en la ceja" cuando estaba en la plaza y que, para refugiarse de los golpes, corrió hasta un portal. Según el tribunal, fue perseguidor por tres guardias, quienes entraron en el portal tras él, "y cerraron las puerta". Allí le golpearon con especial virulencia: múltiples contusiones y 15 días de tratamiento médico con antiinflamatorios y analgésicos. Martí testificó en el juicio que estaba en la plaza de Santa Ana cuando, sin mediar palabra, recibió un golpe en la ceja, y que luego cuatro agentes, entre ellos una mujer, "le arrastraron hasta un portal, cerraron la puerta y durante tres o cuatro minutos" le golpearon. Recordó que se tumbó en el suelo, en cuclillas y boca abajo, para atemperar los golpes, y que la mujer policía intentó "darle la vuelta" para que sus compañeros "pudieran seguir dándole". El tribunal no descarta que fuesen cuatro los agentes que golpearon a Martí en el portal, pero sólo ha podido acreditar los nombres de tres: María Soraya Benito, Francisco José Rosado y Roberto Rodríguez. El fiscal apuntó al agente Cándido Albarranz como el cuarto agente que golpeó a Martí en el portal. Los jueces entienden, sin em- bargo, que no hay pruebas y que debe aplicársele la presunción de inocencia. A los otros tres anteriores, la Audiencia les ha considerado "la agravante de abuso de autoridad".

Según el tribunal, Martí se refugió en el portal huyendo de los agentes, "y éstos no han dado ninguna explicación convincente de por qué fueron tras él y se metieron dentro y cerraron la puerta entre tres y cinco minutos", para abrirla después de que sus mandos lo ordenasen desde el exterior.

Los abogados de las víctimas alegaron durante el juicio que los guardias "debieron desoír, por irraciona", la orden de desalojo del mercadillo. La Audiencia cuestiona la orden, pero entiende que ésta existía y que, en consecuencia, los agentes se limitaron a aplicarla.

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