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La justicia, acosada

Las reacciones públicas ante decisiones judiciales pueden ser, y de hecho son, en ocasiones, reticentes o contrarias. Los tribunales se deben guiar, como es su naturaleza, por la ley que aplican, algo así como la razón modernista, frente al voluntarismo, o puro sentimiento a veces, digamos posmodernista, que es lo que mueve gran parte de esas reacciones.En cuestiones penales, todo lo que rodea la actuación judicial ha sido un producto de la razón, de las luces modernistas, en la medida en que se ha superado la barbarie premoderna en esta materia; y así es desde Beccaria, el introductor de la razón en asuntos de delitos y penas.

Sin embargo, ese esfuerzo de racionalidad que luce en todos los principios de la acción penal pública no siempre es bien servido por los jueces; pero, sobre todo, suele estar pésimamente secundado por la opinión, o por muchas opiniones que integran esa opinión. La cual se enrarece con mil motivaciones, confesadas, inconfesadas o inconfesables, cuando los actos son de gran trascendencia política.

Es lo que sucede con cualquier decisión que se produzca, por ejemplo, en los casos Filesa o GAL. Vayamos primero con lo de Filesa; ya algunos se escandalizan por el tercer grado concedido recientemente a personas condenadas en tal asunto, sin más, sin conocer las motivaciones de la decisión que ha llevado a ese tercer grado. Y otras quieren presentarlo, con la misma falta de fundamento, como una especie de exoneración de los condenados. Pero el tercer grado tiene su lógica legal y judicial; la aplicación de penas depende también de los jueces, y hay que tener presente que, con penas menores, unos condenados pueden tener más dificultades para obtener ese tercer grado, por muchas razones, por ejemplo, por su probabilidad o posibilidad de volver a cometer el delito por el que fueron condenados, lo que no depende tanto de la magnitud del delito, o su gravedad, como de la ocasión para repetir; hay delitos menos graves que otros, por ejemplo, en cuyos autores la repetición puede estar casi garantizada casi tanto como la no repetición en los segundos.

Pero lo que más lama la atención es el argumento de la desigualdad, a causa de la distinta autoridad penitenciaria que decide en casos de personas condenadas, digamos, a la vez. De manera que hacemos autonomismo, se distribuyen competencias antes centralizadas, y queremos que todo siga como antes, todos café. Una manifestación más de ese criterio sacrosanto y no confesado: seamos cada vez más autónomos, y a la vez más iguales; la lógica más impoluta, como se ve.

Otro tanto sucede con la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de no tomar en consideración la prescripción de los delitos hasta el momento de la vista oral. Tan racional (jurídicamente hablando) puede ser esta decisión como la contraria, según las circunstancias de cada caso. Y precisamente porque el plazo de prescripción de un delito no es fijo, sino variable, según el delito de que se trate; lo que se sabe con la sentencia, que es la que califica. Por ello mismo, hay supuestos en que tan claramente resulta que los delitos imputados o imputables están prescritos, que es un abuso el juzgarlos, abuso que no es tan raro. Lo que no puede hacerse es tratar de suplantar estas razones que se derivan de las circunstancias de cada caso, con sus casi infinitos matices, por el prejuicio político: la decisión del Tribunal como un severo acto político en contra de ciertas personas o actitudes, o una especie de acto de benevolencia por permitir plantear la cuestión de prescripción en el juicio oral, cosa que no puede impedir. Por no hablar de quienes hubieran celebrado la decisión contraria como una especie de victoria (política) de los procesados.

Estas actitudes están haciendo un flaco servicio a nuestro sistema judicial y, con frecuencia, quizá a los justiciables, que no estoy seguro de que no sufran, o puedan sufrir, en algunos casos perjuicios derivados de un exceso de atención motivado por la forma en que se mira con microscopio cualquier decisión que los jueces toman. Pero el efecto desviado es de ida y vuelta. Si políticos y medios de comunicación quieren instrumentalizar a la justicia, acosándola, algunos jueces y fiscales se toman cumplida venganza y tratan de instrumentar a políticos y, sobre todo, medios de comunicación. ¿Cómo se entienden, si no, por ejemplo, las filtraciones que realizan a los medios, antes que a los justiciables? ¿O es que tales filtraciones se producen por la propia virtud de lo filtrado, como aceite caído en tierra porosa?

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