¿Somos las mujeres de "peor condición"?
La autora de este artículo cree que la decisión del Tribunal Constitucional de discriminar a la mujer respecto a la herencia de títulos nobiliarios es un insulto inadmisible
"De mejor condición es el varón que la mujer en muchas cosas o en muchas maneras, así como se muestra abiertamente en las leyes de los títulos de éste nuestro libro". (Las partidas, ley 2-23-4).Ramón López-Vilas, catedrático de Derecho Civil y magistrado excedente del Tribunal Supremo, en su artículo Ante un nuevo derecho nobiliario escribió: "La concepción mezquina de la mujer tiene su procedente en el Derecho Romano, en el que aparece 'cualificada' por tres notas fundamentales que se consideraban propias del sexo femenino: imbecilitas (inferioridad psicológica); fragilitas (debilidad o inferioridad física) y levitas animi (frivolidad)". Y se refería después el profesor López-Vilas a la literatura de la época, en la que la inferioridad de la mujer se nos ofrece como cuestión indiscutida. "Basta hoiear El Quijote para encontrar refranes tan expresivos como: 'Entre el sí y el no de la mujer no me atrevería yo a poner una punta de alfiler'; 'La mujer honrada, la pierna quebrada y en casa'; 'La mujer y la gallina, por andar se pierden aina'; 'La doncella honesta, el hacer algo es su fiesta'... O el diálogo entre Teresa Panza y el escudero: 'Que con esta carga nacemos las mujeres de estar obedientes a sus maridos, aunque sean unos perros...".
La mujer estaba, pues, en aquellos tiempos considerada como imbécil, débil y frívola, equiparada a la gallina, atada en casa, preferiblemente con la pierna rota.
Afortunadamente todo esto ha quedado siglos atrás y nos produce una mezcla de asombro, indignación, tristeza y risa. Hoy, a la puerta del año 2000, la mujer es persona y no objeto, con acceso a cualquier trabajo y con la misma igualdad de oportunidades que aquel "varón de mejor condición" de las famosas Partidas. "Es cuestión de Seso y no de Sexo", dijo el conde de Romanones ante la entrada de la primera mujer en la Real Academia.
La mujer, en este final de siglo, puede -si lo desea- ser policía o embajador, piloto o ministro (¿escrito en masculino o en femenino?), guardia de la circulación o presidente. Pero, en cambio, -¡oh, asombro!- no. podrá en España heredar el título nobiliario de su familia si existe un hermano varón que será por supuesto de mucha "mejor condición" que ella. ¿Cómo podemos explicárnoslo?
El pasado 3 de julio el Tribunal Constitucional, saltándose la Constitución a la torera, nos dejó boquiabiertos con la sentencia que declaraba el derecho preferente del hombre sobre la mujer en la sucesión de los títulos nobiliarios, en contra de la doctrina consolidada de la Sala Primera del Tribunal Supremo que había dejado sentado que "el principio de varonía debe estimarse discriminatorio y derogado por inconstitucionalidad sobrevenida desde la vigencia de la Constitución de 1978".
Cristina Alberdi, en un espléndido artículo publicado en estas mismas páginas de EL PAÍS escribió hace poco tiempo: "¿Cómo es posible que, con tantos elementos en contra -aboagado del Estado, fiscal general, Jurisprudencia consolidada de la Sala Primera del Tribunal Supremo- se haya atrevido el Tribunal Constitucional a dar este paso? El derecho histórico está plagado de discriminaciones, reflejo de la sociedad de entonces. Hoy, tras la Constitución, todas están prohibidas de forma tajante. ¿Se atrevería el Tribunal a resucitar 'la limpieza de sangre' o el hecho de "no ser católico"? La sentencia es un insulto a la inteligencia. De un plumazo, se carga toda una teoría ya consolidada que había establecido la igualdad entre hombres y mujeres en el orden de suceder en los títulos nobiliarios, por el peregrino argumento de que es un asunto privado que sólo tiene un valor simbólico. Precisamente han ido a citar un elemento clave en la emancipación femenina. Lo simbólico conforma el universo en el que se produce la socialización, y es el escenario privilegiado para la perpetuación de los roles diferenciados y la discriminación".
Absolutamente de acuerdo con Cristina Alberdi me hago la misma pregunta que ella se hace. Resulta paradójico, sorprendente e inadmisible que sea precisamente el Constitucional quien dicte esta sentencia. ¿Dónde se ha guardado ese artículo 14 que pro híbe toda discriminación por razón de sexo...?
El paso atrás y la metedura de pata del Tribunal es algo absolutamente incomprensible. ¿A qué se debe? O, mejor, ¿a quiénes? ¿Qué ha ocurrido para decir "donde dije, digo..."? Porque recordemos que hace apenas un año y medio Margarita Pérez Seoane obtuvo la carta de sucesión del ducado de Pinohermoso. Y, como ella, otras mujeres en estos últimos tiempos. .,¿Entonces... ? ¿A qué juego se está jugando? ¿Ante qué presiones o intereses creados nos hallamos?
El 16 de diciembre de 1983 España suscribió la Convención sobre Eliminación de todas las firmas de discriminación contra la mujer, aprobada por las Naciones Unidas en 1979, haciendo una reserva y excluyendo de la igualdad entre hombres y mujeres a la Corona española. Y declaró textualmente que "la discriminación contra la mujer viola los principios de igualdad de derechos y del respeto a la dignidad humana".
Isabel Hoyos y Martínez de Irujo, en su artículo Una discriminación odiosa, publicado en estas mismas páginas, escribe: "Conviene saberlo. Los españoles hemos dejado de ser iguales ante la ley, al menos en algún aspecto". Y añade: "Que ni por un momento se crea que esto va a ser así. No nos someteremos a un poder que viola claramente el espíritu y la letra de la Constitución. Hoy somos todos iguales ante la ley y no seríamos leales a nosotras mismas si no luchásemos por nuestros derechos. Digo bien: derechos y no privilegios. Si no hubieran luchado por ello las mujeres que nos precedieron a lo largo de la historia, hoy, entre otras cosas, por increíble que esto parezca, no tendríamos ni derecho a votar ni a disponer de nuestros bienes".
Me pregunto qué pensará de todo esto Mercedes Fórmica, esa magnífica abogada y escritora que tuvo el valor allá por los años cuarenta de agarrar por los cuernos al antediluviano Código Civil (obra, por cierto, de mi bisabuelo Manuel Alonso Martínez) y de librar una batalla colosal a favor de los derechos de la mujer.
Han decidido -ignoro sus nombres- que el tema de los títulos debe quedar al margen de lo que proclama nuestra Constitución. Que no es digno de tenerse en cuenta. Que se trata de una especie de "club privado"... Habría que felicitar al listo que ha pensado así. En la Constitución no pueden admitirse "apartados". ¿0 es que retrocedemos a la época de Las Partidas?
Esa "mejor condición" por razón de sexo debe parecernos, como escribe Cristina Alberdi, un insulto intolerable y una inadmisible discriminación.
Natalia Figueroa es escritora.
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