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La Ley de Hidrocarburos consolida el monopolio de Enagas, según Competencia

El Tribunal de Defensa de la Competencia considera que la condición de consumidores cualificados de gas natural no debería ser exclusiva de las empresas individuales, sino que habría que extenderse a la suma o asociación de varias compañías que alcancen, conjuntamente y para su propio consumo, el volumen máximo exigible para poder elegir el suministrador. Al mismo tiempo, el organismo afirma que el proyecto de ley de Hidrocarburos consolida el monopolio territorial de Enagas.

El proyecto, en trámite parlamentario, establece que las eléctricas, las petroleras y los clientes con un consumo anual superior a 25 millones de metros cúbicos por punto de consumo podrán elegir suministrador, lo que supone un primer grado de apertura del 40%, del 50% en cinco años y del 65% en 10 años. Competencia considera que el plazo de 10 años para considerar consumidores cualificados a todo los consumidores de gas natural previsto en el anterior borrado permite una apertura más rápida que el periodo de 15 años que establece el actual documento, por lo que considera preferible el plazo inferior.

Este organismo piensa que el documento contiene una "limitación relevante" al prever que el gestor del sistema -Enagas- realizará las adquisisiones de gas natural para su venta a los distribuidores con destino a los consumidores en régimen de tarifa, aprobadas administrativamente.

De esta forma, estima que s( reserva un importante volumen del mercado, que queda "cautivo", impidiendo a las distribuidoras e, indirectamente, a los consumidores sujetos a tarifa administrativa, poder obtener mejores precios.

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