La Audiencia Nacional requiere a Conde para que pague los 600 millones a Banesto
La sala de lo Penal, sección primera, de la Audiencia Nacional remitió ayer un requerimiento a Mario Conde, en prisión en Alcalá Meco desde el pasado viernes 27, para que indemnice a Banesto con 600 millones de pesetas, según la sentencia firme dictada el pasado jueves 26 por el Tribunal Supremo. El requerimiento se hizo llegar a través del juzgado de Alcalá de Henares.
La citada indemnización fue impuesta por el tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó a Mario Conde en marzo de 1997. La sentencia sólo ha adquirido firmeza tras la nueva sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso de casación (anulación) presentado por el ex banquero.
En la pieza de responsabilidad del caso Argentia Trust, Conde aportó, el 14 de marzo de 1996, las certificaciones del Ministerio de Cultura sobre tres pinturas originales. Se trata de cuadros que Conde compró en mayo de 1987: Nature Morte au buste de femme, de Picasso; Guitare et Journal, de Juan Gris y La Caisse d'Emballage, de Georges Braque. Con las pinturas, y acciones de Banesto y sociedades patrimoniales, el exbanquero cubrió la fianza impuesta por el juez Miguel Moreiras de 830 millones de pesetas.
El requerimiento de la sala de lo Penal enviado ayer da la posibilidad a Conde de quedarse con las pinturas y pagar los 600 millones. Sin embargo, fuentes jurídicas dijeron que el ex banquero es consciente de un hecho: si aceptase pagar la indemnización con dinero será muy difícil que recupere los cuadros. Porque en el otro procedimiento, el caso Banesto, al exbanquero se le exige una fianza por responsabilidades civiles, Individual y solidaria, de hasta 10.125 millones, que, desde luego, no ha aportado. Los cuadros, de quedar libres, serían embargados. Fuentes jurídicas relacionadas con el ex banquero dijeron ayer que éste pedirá a la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al ser convocado especialmente, la aplicación del viejo Código Penal, por entenderlo más favorable. Si bien la pena por el citado código es más elevada (seis años y un día de prisión, prisión mayor) que la resultante del nuevo Código Penal (cuatro años seis meses) la redención de penas por trabajo y otros conceptos terminarían por beneficiarle con el cumplimiento de una condena menor.
Fuentes solventes dijeron que al optar por el viejo código, Conde estaría dando por hecho que su recurso de amparo al Tribunal Constitucional difícilmente vaya a suspender la ejecución de la sentencia y le permita la excarcelación. Sucede que con cuatro años y seis meses (nuevo código) tenía mayor posibilidad que con seis años y un día para conseguirlo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Mario Conde
- Audiencia Nacional
- Organismos judiciales
- Caso Argentia Trust
- Caso Banesto
- Tribunal Supremo
- Sala de lo Penal
- Pintura
- Artes plásticas
- Tribunales
- Corrupción política
- Legislación española
- Casos judiciales
- Corrupción
- Código penal
- Poder judicial
- Normativa jurídica
- Delitos
- Arte
- Sucesos
- Política
- Proceso judicial
- Legislación
- Justicia