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El Supremo propone el indulto de la mitad de las penas impuestas a Flores por el caso Filesa

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha propuesto un indulto parcial para el ex delegado de Filesa en Madrid, Alberto Flores, para que se le conmuten todas las penas de prisión que le fueron impuestas "por otras cuya duración sea exactamente la mitad". Si el Gobierno accede a la petición del Supremo, Alberto Flores vería reducida su condena a cuatro años y medio de cárcel. La propuesta del Supremo tiene presente que los delitos se cometieron hace diez años y que durante ese tiempo el condenado, ha sufrido un juicio paralelo ante la opinión pública.

Alberto Flores fue condenado a dos penas de tres años de prisión por dos delitos continuados de falsedad en documento mercantil; otra de dos años de prisión por asociación ilícita, y otra de dos años por delito fiscal. El total de esas penas privativas de libertad asciende a diez años, que, quedan automáticamente reducidos a nueve, al no poder exceder el tiempo máximo de cumplimiento del triplo de la pena más grave -el triplo de tres años- en aplicación del artículo 70.2 del antiguo Código Penal.La propuesta de indulto del Supremo se refiere textualmente a la conmutación de "todas las penas" por "otras cuya duración sea exactamente la mitad". Del tenor literal de esa propuesta, cada una de las penas impuestas quedaría reducida a la mitad, es decir, que la condena a Flores quedaría en dos penas de año y medio, y otras dos penas de un año cada una, que totalizan cinco años. Pero en aplicación de la misma regla del artículo 70.2, el máximo de cumplimiento quedaría en cuatro años y medio, resultado de aplicar el triplo de la pena más grave, que ahora sena la de año y medio.

Dado que el Código Penal aplicado a los condenados de Filesa fue el de 1973, vigente cuando se produjo la financiación ilegal del PSOE, los condenados pueden acogerse a los beneficios penitenciarios de reducción de penas por el trabajo. Esa reducción, a razón de un día de condena por cada dos trabajados, reduciría virtualmente a la mitad el tiempo de estancia en prisión.

La propuesta del Supremo recuerda que la propia Sala Segunda ha dicho frecuentemente que la lejanía en el tiempo de un hecho delictivo no puede dejar de tener influencia en la cuantía de la pena, reduciéndola.

El informe recuerda que los hechos enjuiciados acontecieron hace aproximadamente diez años, "lo que permite suponer que su eco se haya amortiguado sensiblemente en la sana conciencia del ciudadano medio".

Al Supremo no le parece "descaminado" que se aproveche la vía excepcional del indulto para hacer posible una "individualización suavizadora de las penas", que además considera "aconsejable" desde el punto de vista de la equidad, dado que Flores "ha debido sufrir a lo largo de los años que han precedido a la sentencia una sanción difusa pero real como consecuencia del juicio paralelo a que se ha visto sometido ante la opinión pública".

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Multas

La propuesta del Supremo no incluye las penas económicas ni las accesorias impuestas a Alberto Flores: dos penas de 100.000 pesetas de multa cada una por los dos delitos continuados de falsedad; seis años y un día de inhabilitación especial para cargo público y derecho de sufragio activo y pasivo y otra multa de 250.000 pesetas por el delito de asociación ilícita, y una multa de más 258 millones de pesetas por el delito contra la Hacienda Pública.Al pedir el indulto, Flores alegó ante el Supremo que, al haber sido juzgado con otros aforados, se había visto privado de una de las dos instancias judiciales a las que cualquier ciudadano tiene derecho. El tribunal dice que no se le oculta "la inevitable inquietud que es susceptible de crear en el justiciable la imposibilidad leal de que su condena y la pena que se le haya impuesto sean sometidas a un tribunal superior". El Supremo afirma que aunque desde la perspectiva de un Estado de derecho no es satisfactoria la sustitución de un inexistente recurso por la solicitud de la gracia, "tampoco se puede ignorar ni minusvalorar la función subsidiaria que la institución del indulto puede desempeñar, en tanto no se arbitren vías adecuadas en nuestro ordenamiento jurídico".

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