Garzón acusa a Liaño de intentar quedarse "artificialmente" el caso del vídeo de Ramírez
El juez Baltasar Garzón acusó ayer a su compañero Javier Gómez de Liaño de intentar quedarse "artifícialmente" con el caso que abrió para vincular el vídeo sexual del director de El Mundo, Pedro J. Ramírez, con un hipotético resurgimiento de los GAL. Garzón dictó ayer un auto en el que señala que los hechos "ni han sido, ni son, ni pueden ser competencia de la Audiencia Nacional" y remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid, que ya investigaba el asunto del vídeo de Ramírez desde el 16 de octubre, cuando éste presentó una denuncia.
En un extenso auto en el que se pone de manifiesto que Gómez de Liaño actuó al margen de la legalidad, Garzón destaca que los artículos 65 y 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen "con meridiana claridad" cuáles son los delitos que generan la competencia de la Audiencia Nacional. Y Garzón agrega que esas normas son "imperativas" y, por tanto, no existe la posibilidad de que los jueces y los fiscales se las salten con el pretexto de actuaciones urgentes que se ve que no son tales cuan do se prolongan a lo largo de varios días, lo que, a su entender, deja "al descubierto la ausencia de una mínima base legal o fáctica para actuar".El magistrado critica también la actuación del fiscal Ignacio Gordillo, adscrito al juzgado de Gómez de Llaño, al señalar que del auto que Liaño dictó el 17 de noviembre pasado, con el apoyo del fiscal, no pretendía la realización de actuaciones urgentes antes del envío de la causa al juzgado competente. La citada resolución, según Garzón, "desvela la intención de mantener la competencia al hablarse de encubrimiento de delitos de terrorismo y de una supuesta asociación para perjudicar, de diferentes maneras, a los procedimientos seguidos por delitos cometidos por los GAL".
"No se sostiene"
El auto repasa la calificación jurídica que los hechos relatados por el testigo protegido Alfonso Rodrigo -antiguo trabajador de Ya- merecen al fiscal Gordillo y el juez Gómez de Llaño. El fiscal habla, el 21 de noviembre, de asociación ilícita, amenazas condicionales de hechos que no constituyen delito-chantaje y descubrimientos y revelación de secretos y ambos se refieren a lo que pueda resultar de investigaciones posteriores "pues no se conoce aún el exacto alcance de una asociación dirigida a un posible encubrimiento del delito de terrorismo de Estado, cuya investigación corresponde a la Audiencia Nacional". El 25 de noviembre, sin embargo, el fiscal pide la inhibición porque "tales delitos no son competencia ahora de la Audiencia Nacional".Garzón afirma textualmente: "Al respecto cabe decir que, en efecto, tales supuestos delitos, en cuya calificación no se entra pero no se comparte, ni han sido, ni son, ni pueden ser competencia de la Audiencia Nacional salvo por razones de conexión, supuesto que aquí no concurre".
"El delito que podría haber justificado inicialmente la competencia -el encubrimiento de delitos de terrorismo- no se sostiene con un mínimo de rigor y seriedad. El análisis de la situación creada con la incoación de las diligencias desvela que la referencia a tal supuesto es un simple argumento para mantener artificialmente la competencia, ya que ni se explica ni se sustenta con hechos concretos la calificación", especifica el auto.
En el caso de que las acusaciones del testigo protegido fueran ciertas, según el auto, lo único que existiría sería un intento de injurias o calumnias al propio Garzón y otras personas, pero para su persecución judicial debería de haberse interpuesto una denuncia y que los supuestos perjudicados hubieran pedido que se protegiera su intimidad, "cosa que no ha sucedido aquí, ni existe causa para ello".
Más imputado que testigo
Garzón explica que precisamente con la eventual publicación de montajes sobre él u otras personas es como se podría haber ejercitado cualquier tipo de acción, mientras que ahora todo queda en la "simple manifestación de un testigo, que más bien debería haber sido considerado imputado".Este testigo supuestamente habría acusado a varias personas, como los abogados Emilio Rodríguez Menéndez y Manuel Cobo del Rosal, el ex secretario de Estado, Rafael Vera, y el ex gobernador de Guipúzcoa, José Ramón Goñi Tirapu, de preparar montajes contra Garzón, otros jueces y fiscales, y los vincularía con el vídeo sexual del director de El Mundo, Pedro J. Ramírez.
El magistrado afirma que "no se aprecia conexión alguna" entre el vídeo de Ramírez y el "supuesto efecto que ello pudiera producir en las investigaciones de los sumarlos relacionados con los GAL. Garzón señala que esos procedimientos siguen su curso por cauces completamente ajenos a la violación de intimidad de Ramírez y que una y otra cosa no puede ni debe mezclarse en aras a la mejor administración de Justicia, protección de los intereses en juego y por respeto al principio de legalidad.
Garzón critica también que Liaño se haya abstenido del caso alegando que puede existir un vídeo sobre él mismo. Pero Garzón, que aparece mencionado por el testigo protegido Alfonso Rodrigo, no se abstiene tras señalar que los supuestos montajes "son tan burdos que en ningún caso pueden perturbar el ánimo de la persona más pusilánime". "Sería muy grave entrar en la dinámica que se pretende marcar por las personas que declaran o de aquellos a los que se imputa la supuesta acción delictiva. Ello supondría", según el auto, "la imposibilidad de instruir cualquier sumario ante el mero hecho de que una de las partes criticase al juez".
El magistrado deja claro que no se ha perturbado ni la intimidad ni el honor, ni existe coacción ni amenaza o chantaje, porque para ello es necesario una mínima credibilidad, cosa que no sucede y "más parece una mera caja de resonancia para que se hable y se insidie sobre el asunto".
Garzón niega también la existencia de delito de revelación de secretos en relación a supuestas fotos o vídeos sobre él,. porque para ello, señala, tiene que existir algo que guardar o preservar y "es el caso que aquí caen por su peso las presuntas imputaciones y ningún interés se constata en proteger algo que no existe". El magistrado protesta porque se hayan incorporado a la causa datos sobre su domicilio y la estructura de su casa, lo que supone un evidente riesgo para su seguridad y la de su familia.
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