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Tribuna:EL DEFENSOR DEL LECTOR
Tribuna
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Una noticia cercana

Un lector de Santander -César Martínez Urbina- se muestra inquieto ante la duda de que El PAIS no haya informado imparcialmente el 6 de septiembre sobre la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGM) de instar al fiscal general del Estado a que investigue la supuesta conspiración denunciada por el juez Baltasar Garzón en el asunto Sogecable. Su inquietud aumenta si cabe ante la sospecha de que esa información fuera intencionadamente confusa. "Comprendo", dice, "que un asunto de tanta trascendencia y en el que ustedes son parte constituye un objetivo harto difícil para emitir una información ecuánime y glara, pero me parece que EL PAIS debería al menos intentarlo".El asunto es, desde luego, trascendente tanto por la connotación personal de los denunciantes, los orígenes oscuros de su acción -un de momento ignoto secretario de Estado- y los indicios fundados de constituir un montaje de perfiles delictivos como por la relevancia de las personas perjudicadas. La confusión informativa en casos tan complicados es un riesgo e incluso puede ser una tentación. Se justifica, pues, la "demanda de amparo" de este lector. Aunque no lo fuera de El PAÍS "desde su primer número", como afirma que lo es, tiene derecho a que se responda a las dudas que le suscita la información cuestionada.

¿Cuáles son esas dudas? En primer lugar, cuestiona el lector que haya correspondencia entre el titular El Poder Judicial insta al fiscal general del Estado a que se querelle contra el juez Javier Gómez de Liaño, aparecido en la primera página de El PAIS del 6 de septiembre y reproducido en la 28 como encabezamiento de la correspondiente, crónica, y la resolución del CGPJ que habla únicamente de "ejercitar las acciones penales correspondientes". Efectivamente, la resolución no dice contra quién hay que actuar, pero se deduce fácilmente por poco que se analice su contenido. En primer lugar, el objeto material de la acción penal instada al fiscal general del Estado son "los hechos" relatados en el auto del juez Garzón y a los que el juez Gómez de Llano se refiere en su solicitud de inspección al Consejo Judicial. Es posible que el lector se hubiera mostrado satisfecho con un titular del siguiente tenor: El Poder Judicial insta al fiscal general del Estado a que investigue la trama denunciada por el juez Garzón en el asunto Sogecable. Pero el periódico optó por personalizar la investigación en el principal actor de esa supuesta trama, es decir, el juez Gómez de Liaño. El titular, en cambio, se arriesgó demasiado y se equivocó al determinar la forma jurídica de la investigación. La querella era la vía más pertinente, pero no podía descartarse que el fiscal del Estado optara por presentar, como así fue, una confusa denuncia ante la Sala Segunda del Supremo.

También la lógica procesal, además de la honesta y racional interpretación de los hechos -en este caso, la resolución del Consejo Judicial-, apuntaba en la línea del titular. En la acción penal instada por el Consejo, el juez Garzón queda situado muy en segundo plano. Cualquier acusación, formal contra este juez queda supeditada a la previa investigación de la supuesta trama nucleada en tomo a Gómez de Liaño. Hoy, tal acusación es sólo una hipótesis que depende de lo que resulte de esa investigación. De ahí que el esfuerzo del juez instructor de la Sala Segunda se centre en estos momentos en verificar la realidad de esa supuesta trama. Las propias fuentes del CGPJ, citadas en la crónica del 6 de septiembre, se decantan por esa lectura al considerar que "los hechos a los que se refiere Garzón -si se prueban- constituyen cuando menos un delito de prevaricación por parte de Liaño; y el fiscal del Estado debería haber tomado la iniciativa sin -esperar a que el Consejo le recordase las funciones que le encomienda el artículo 124 de la Constitución".

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El lector también considera confusa la versión de El PAÍS sobre la inspección solicitada por el juez Gómez de Liaño al Consejo Judicial. De un lado, cita el editorial Ahora se entiende, del 6 de septiembre, que dice: "Fue Liaño, quien pidió que la inspección investigara la actuación de Garzón, pero el Poder Judicial rechaza su petición y propone abrir una causa penal para investigar los hechos relatados en el auto". De otro, señala que en la crónica de la misma, fecha se entrecomilla un fragmento de la solicitud de inspección de Gómez de Liaño que dice: "...reclamarían [las imputaciones que le hace Garzón] la actuación inmediata del ministerio fiscal...".¿En qué quedamos?, pregunta el lector: "¿Pidió el magistrado Gómez de Liaño una inspección o requirió la actuación del ministerio fiscal? ¿O ambas cosas?"'. Es posible que esa frase entrecomillada confundiera al lector. Pero, si se lee con atención el texto completo de la solicitud de Gómez de Liaño (EL PAÍS del 5 de septiembre), se observa que contempla la intervención del ministerio fiscal sólo como una hipótesis. Gómez de Liaño sabía mejor que nadie su condición de juez y de principal actor de la supuesta trama- que las imputaciones de Garzón podrían plantear incluso la intervención del ministerio fiscal. Pero Gómez de Liaño no pide esa intervención, sino la que le corresponde al Consejo Judicial en el ámbito disciplinario. El Consejo Judicial rechaza esa inspección disciplinaria e insta al fiscal general del Estado a que actúe. ¿Por qué lo hace? Por la sencilla razón de que la investigación penal prima sobre cualquier otra en supuestos delictivos. Si Gómez de Liaño hubiera pedido ambas cosas, como sugiere el lector, sería un ignorante. Como no lo es, sólo pidió una inspección, aunque su petición era difícilmente atendible si, como él mismo admitía en su solicitud al CGPJ, los hechos denunciados por Garzón pudieran constituir delito. Quede, pues, tranquilo este lector de Santander. Los hechos son obviamente cercanos a El PAÍS, pero ello no ha impedido a sus periodistas informar con rigor y transparencia ni titular a tenor de la noticia.

Es verdad, como señala otro lector -Agustín Martínez Cuerda, de Albacete-, que conviene afinar mucho en los titulares de noticias, cuya comprensión exige un previo y cuidadoso tratamiento analítico por parte del periodista. El lector se refiere al titular El Gobierno se plantea eliminar a González de las encuestas del CIS que encabezaba la correspondiente noticia en El PAÍS del 18 de sptiembre. "¿No hubiera sido más correcto", indica, "sustituir el término plantea por pretende, propone o intenta, más acordes con el hecho reseñado en la información de que la directora del CIS niega presión alguna y asegura que González estará junto a, los demás líderes políticos en las encuestas?". Este lector señala que su única intención al hacer la sugerencia es que El PAÍS "sea un periódico excepcional, que lo es, pero que no tenga estos pequeños fallos que desdicen de su natural trayectoria y se pueda convertir por ello en un periódico cualquiera".

¿Malasia o Malaisla? Es una pregunta formulada por algunos lectores a raíz de los recientes incendios habidos en Indonesia. Malasia es el nombre de una vasta zona geográfica en la que se encuentra, entre otros, el Estado federal de Malaisia, cuya capital es Kuala-Lumpur. Malaisia designa, pues, una entidad estatal que se extiende sobre parte de la península de Malaca y de la isla de Borneo; Malasia comprende el conjunto de tierras habitadas por malayos. El término malaisio se reserva únicamente para los ciudadanos de Malaisia.

Los lectores pueden escribir al Defensor del Lector o telefonearle al número (91) 337 78 36.

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