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Extradición para casos de terrorismo

Por primera vez desde el restablecimiento de la democracia en Portugal (1974), la Constitución lusa admite excepciones al principio de no extradición de ciudadanos portugueses, en condiciones de reciprocidad, para los casos de "terrorismo y criminalidad organizada" siempre y cuando los Estados destinatarios tengan asegurado el respeto a los derechos humanos.A título excepcional, la legislación portuguesa aceptará estas entregas a países donde impera la cadena perpetua siempre que los Estados destinatarios se comprometan a sustituir esta sanción por otra de duración limitada. Esta decisión constituye un avance para la lucha antiterrorista española, que recientemente vio cómo los tribunales portugueses denegaban la extradición a España del supuesto etarra José Luis Telletxea Maia, pendiente aún de un recurso al Tribunal Supremo Administrativo luso para intentar conseguir el asilo político en Lisboa.

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El caso Telletxea provocó un serio malestar en el Gobierno español, cuyo ministro de Asuntos Exteriores, Abel Matutes, llegó a expresar su temor de que Portugal pudiera convertirse en un nuevo santuario para la citada organización terrorista.

La colaboración policial entre los dos países es "excelente", a juicio de ambas partes, pero los tribunales portugueses, en una decisión sin precedentes en la Europa democrática, no accedieron a la extradición del supuesto etarra argumentado persecuciones políticas y sistemáticas violaciones de los derechos humanos en España contra ciudadanos vascos.

Un grupo de intelectuales y destacados activistas de la izquierda portuguesa firmaron un comunicado contra la extradición de Telletxea Maia alegando que las acusaciones realizadas contra el supuesto etarra "fueron obtenidas mediante torturas". El nuevo texto constitucional abre las puertas para que casos como éste no vuelvan a repetirse.

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