Bayo pasó de "expulsado de la Guardia Civil" a "retirado" tras declarar en el 'caso Lasa y Zabala'
El juez Javier Gómez de Liaño, instructor del caso Lasa y Zabala, ordenó el pasado martes el traslado a la prisión militar de Alcalá de Henares (Madrid) del ex cabo Felipe Bayo, tal como éste había pedido tras romper su silencio y prestar declaración acusando a sus antiguos superiores. El juez ordenó el traslado alegando que la situación militar de Bayo es, desde octubre de 1993, la de "retiro por inutilidad física ocurrida en acto de servicio". Sin embargo, en mayo de 1996, Liaño no accedió a trasladar a Bayo a la cárcel militar y hasta ahora lo calificaba en sus autos de "expulsado de la Guardia Civil".
Más de un año ha tenido que pasar Bayo en prisión para que se aclare un aspecto tan aparentemente fácil de comprobar como su situación administrativa. En el auto que dictó el pasado martes, el juez Gómez de Liaño determinó que, "de las informaciones recabadas, aparece que la situación militar de Felipe Bayo. Leal es [...] la de retiro por inutilidad física ocurrida en acto de servicio".El auto argumenta que la Ley, Procesal Militar homologa a losmilitares retirados con los que están en activo a la hora de cumplir condena en cárceles castrenses y, aunque no dice nada de los primeros cuando regula la prisión preventiva, situación en la que está Bayo, "no se ve razón para no incluir a los retirados en ese régimen". En consecuencia, el juez accedió, "por ahora y sin perjuicio de ulterior resolución", a trasladar a Bayo a la prisión militar, lo que se ejecutó el miércoles.
La petición de traslado fue presentada por su nuevo abogado, Angel López Montero, el pasado 14 de agosto, dos días después de que el ex agente compareciera por primera vez ante Gómez Liaño para romper su silencio.
Bayo reconoció haber participado en la vigilancia de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala cuando se encontraban secuestrados en el Palacio de La Cumbre (San Sebastián), pero negó cualquier intervención en su captura, tortura y asesinato y, sobre todo, implicó en los hechos al general Enrique Rodríguez Galindo, al ex gobernador Julen Elgorriaga y al ex secretario de Estado de Seguridad Rafael Vera.
Precisamente, la existencia de presiones tras su cambio de declaración fue uno de los motivos esgrimidos por el abogado de Bayo para pedir el traslado. El fiscal, a quien el juez consultó al respecto, se mostró de acuerdo en cambiarlo de centro penitenciario, pero no se pronunció respecto a si éste debía ser civil o militar, ya que ello depende, argumentó, de "si el propio procesado sigue ostentando la condición de militar".
La preferencia de Bayo por la prisión militar frente a cualquier cárcel civil resulta comprensible. En Alcalá de Henares no existen problemas de hacinamiento, ni de convivencia con reclusos peligrosos, la mayoría de las celdas son individuales y el régimen de visitas es muy generoso. Ya en mayo de 1996, cuando fue detenido junto a su ex compañero Enrique Dorado Villalobos, el entonces abogado de ambos, Jorge Argote, solicitó el traslado de los dos presos a la cárcel militar, dada su condición de guardias civiles.
"Indignos de la institución"
Gómez de Liaño no accedió entonces a dicha petición, dando por hecho que tanto Dorado como Bayo fueron expulsados de la Guardia Civil y habían perdido, por tanto, el derecho a ingresar en una prisión castrense. Por ejemplo, en el auto de procesamiento de Argote por un delito de encubrimiento, el juez le acusaba de hacer gestiones para lograr que Dorado y Bayo obtuvieran una pensión, "pese a haber sido expulsados de la Guardia Civil por sus delictivas conductas, lo que les hacía indignos de pertenecer a la institución
Pero no era Gómez de Liaño el único convencido de ello. La propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en el auto en el que ratificó la prisión de Bayo, recogía, entre sus argumentos, "el hecho cierto de que actualmente [está] expulsado del Cuerpo de la Guardia Civil".
Este hecho ha resultado ahora incierto. Para comprobarlo, le bastó al juez preguntar a la dirección general de la Guardia Civil si Bayo "ha perdido su condición de militar y si, en consecuencia, no reúne las condiciones para poder permanecer ingresado en calidad de preventivo en un Centro Penitenciario Militar".
En un escrito de 20 de agosto pasado, la Guardia Civil le contestó que "formalmente, su situación es la de retirado", por una orden del Ministerio de Defensa de octubre de 1993, con efectos retroactivos desde noviembre de 1987. Explicaba también el escrito que, aunque la Ley Procesal Militar homologa a los militares retirados con los que están en activo para el cumplimiento de las penas privativas de libertad, nada dice sobre la prisión preventiva.
Pero el informe de la Guardia Civil no se quedaba ahí. Agregaba que Bayo fue condenado a seis años de inhabilitación especial por la Audiencia de San Sebastián, en sentencia confirmada por el Supremo en febrero de 1994. "Compete, no obstante, al Ministerio de Defensa aclarar las dudas y responder a las consultas sobre la posible incidencia de tal circunstancia sobre los derechos que como retirado corresponden al interesado, por ser el órgano con atribuciones para adoptar las resoluciones en materia de situaciones del personal de la Guardia Civil", concluía el escrito dirigido al juez.
La inhabilitación especial conlleva la expulsión automática de la Guardia Civil. Dorado, condenado también por torturas en el caso Olano, fue expulsado en mayo de 1995. La única razón para no aplicar a Bayo idéntica medida es que se considerara que no tenía ya la condición de militar y no era posible, por tanto, privarle de ella. De hecho, el informe de la Guardia Civil lo califica siempre de "ex cabo".
Gómez de Liaño no consultó al Ministerio de Defensa.
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