El 'comando' que secuestro a Ortega Lara tenía órdenes de matarle o dejarle morir de inanición
Los presuntos secuestradores del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, retenido durante 532 días, tenían instrucciones de asesinarle o dejarle morir de hambre si el Gobierno no acercaba a los presos de ETA a cárceles del País Vasco, según recoge el auto de procesamiento dictado ayer por el juez Javier Gómez de Liaño. Los procesados son los cuatro detenidos por la Guardia Civil en Mondragón, y Julián Aixurra Eugurola, Pototo, considerado inductor y "responsable" del comando desde la caída de la cúpula de ETA en Bidart. Aunque resulta insólito en un auto de procesamiento, Gómez de Liaño echa cuentas y concluye que cada procesado puede ser condenado a 20 años de prisión.
Los cuatro secuestradores, Jesús María Uribetxeberria Bolinaga, Javier Ugarte Villar, José Luis Erostegui Bidaguren y José Miguel Gaztelu Ochandorena, fueron conducidos ayer a la Audiencia Nacional, donde se negaron a ampliar su declaración e incluso a firmar la notificación del auto de procesamiento.Según la resolución de Gómez de Liaño, en la elección de Ortega Lara como víctima influyó decisivamente el hecho de que fuera militante del PP, lo cual, añade el juez, "favorecería la presión sobre el Gobierno". Sin embargo cuando Ortega Lara fue secuestrado, el 17 de enero de 1996, el partido en el gobierno era aún el PSOE.
Los secuestradores habían vigilado a varios' funcionarios y, tras decidirse por Ortega Lara, le sometieron a seguimientos muy meticulosos hasta conseguir una información "exhaustiva y precisa" de su vida familiar y profesional.
Los hechos que Gómez de Liaño considera "muy probablemente cometidos" sitúan en 1983, la integración en ETA de Uribetxebarria, Ugarte, Erostegui y Gaztelu. Pero es en 1987 cuando alquilan la nave de Mondragón y constituyen una sociedad, Jalgi, que en principio tiene por objeto la fabricación de piezas de repuesto. Al año siguiente, en el verano de 1988, excavan el suelo de la nave y hacen un agujero de cinco metros cuadrados donde ocultar armas y explosivos para los comandos de ETA que actuaban en las zonas de Bergara y Mondragón.
Acondicionamiento del 'zulo'
Meses después, tras el secuestro del ingeniero Julio Iglesias Zamora, amplían la cueva y construyen un segundo habitáculo de 3,5 metros cuadrados que recubren, para evitar la humedad del río Deba, con un toldo, un forro de plástico, aislante acústico y madera. Los gastos corren por cuenta de ETA.
Tras la caída de la cúpula etarra en Bidart, en 1992, los cuatro pasan a formar parte del comando Gohierri y participan en acciones que se están investigando. En la primavera de 1995, Pototo les ordena secuestrar a un funcionario de prisiones a fin de "presionar al Gobierno para forzar el traslado de presos de ETA" a Euskadi.
Los cuatro integrantes del comando pasan los datos sobre Ortega Lara a Pototo y fe explican su plan de acción. Atxurra da el visto bueno y ordena llevar a cabo el secuestro.
El 17 de enero de 1996, sobre las cinco de la tarde, Ortega Lara llega a su domicilio en Burgos tras haber finalizado su turno en la prisión de Logroño. Entra con su coche en el garaje y, en el momento en que se disponía a bajar del vehículo, Erostegui y Uribetxebarria le abordan pistola en mano. El funcionario ofrece resistencia a ser narcotizado pero le vendan los ojos, le esposan y amordazan y le introducen en el maletero de su automóvil.
A continuación llevan el coche hasta las afueras de Burgos, donde Ugarte y Gaztelu esperaban con un camión cargado con una máquina que en realidad era un artilugio hueco fabricado para meter al secuestrado y trasladarlo sin despertar sospechas "hasta el antro previamente ' construido".
Una vez en Mondragón, el funcionario fue introducido en el zulo, bajo tierra. En su interior estuvo custodiado por sus secuestradores de forma permanente y por tanto, sin posibilidad de escapatoria, hasta el 30 de junio de 1997, fecha en la que "como fruto de muchos meses de investigación, es liberado por la Guardia Civil".
Durante los 532 días de secuestro, ETA hizo llegar al Gobierno que la liberación de Ortega estaba condicionada al inmediato acercamiento de sus presos al País Vasco. Según el juez, ETA había dado instrucciones de mantener con vida a Ortega Lara "para utilizarlo como moneda de cambio". Pero los secuestradores también estaban advertidos de que, "de modificarse la situación o no avanzarse en ella y, en consecuencia, fracasar en sus objetivos, deberían, darle muerte o dejarle fallecer por inanición".
Torturas
En el momento de su liberación, Ortega Lara "presentaba un rostro demacrado, de sufrimiento, de una angustia producida por la humillación y por los sentimientos de peligro e injusticia". El día de su secuestro pesaba 75 kilos y el de su libertad 52, "a causa del ritmo biológico mantenido durante los meses de cautiverio". Su debilidad física era "muy importante, con fatiga fácil". "Deambulaba lentamente y con una ligera inseguridad, típica de un agotamiento temprano. Hablaba con tono de voz bajo y la conversación, por corta que fue se, le producía cansancio. Tenía sensación de inestabilidad o mareo frecuente, e hipotensión con ligera anemia". Por el momento no se ha objetivado "sintomatología psicótica o enfermedad psiquiátrica alguna", pero la incertidumbre respecto a su recuperación final hace que las posibles secuelas queden pendientes de un informe.
Propuesta de extradición para Atxurra
El auto de procesamiento de los secuestradores de Ortega Lara considera al dirigente etarra Julián Atxurra Egurola, Pototo, detenido el 23 de julio de 1996 en Lasseube (Francia) por policías franceses ayudados por guardias civiles españoles, como inductor del secuestro. El juez especifica que a Atxurra le han implicado los tres miembros del comando que prestaron declaración -Ugarte se negó- quienes le señalaron como su "responsable" tras la caída de la cúpula dirigente en Bidart.El auto judicial decreta la prisión incondicional de los cuatro secuestadores y de Pototo, -que lleva preso en Francia desde hace casi un año-, y respecto a este último ordena librar orden internacional de detención y en su caso, "previo dictamen del ministerio fiscal, se instará al Gobierno para que solicite a las autoridades francesas su extradición".
Ugarte, Uribetxebarria, Erostegui, Gaztelu y Atxurra han sido procesados -en concepto de autores materiales los cuatro primeros y de inductor el último-, por un delito de "detención ilegal de funcionario público en el ejercicio de sus funciones, exigiendo condición para ponerlo en libertad", delito previsto en los artículos 163, 164 y 165 del Código Penal, con la agravación que prevé el artículo 572.2 al estar integrados en un grupo terrorista, lo que, según el juez, "podría determinar una pena de prisión de 20 años".
Gómez de Liaño fija también una fianza de responsabilidad civil de cien millones de pesetas y les da un día de plazo para depositarla, y en caso contrario, ordena el embargo inmediato de todos los bienes de los presuntos etarras.
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