La Audiencia desestima las tesis contra la prescripción para Antonio de la Rosa
El presidente de la Audiencia de Barcelona, Francisco Javier Béjar, considera que la resolución sobre la prescripción de los delitos imputados a Antonio de la Rosa Vázquez, padre de Javier de la Rosa y huido de Barcelona hace 17 años acusado de una malversación de 1.250 millones de pesetas, es, "contrariamente a interpretaciones que han hecho alguna de las partes en el caso, puramente mecánica" y "la propia justicia podría haberla tramitado de oficio".
De la Rosa Vázquez ha vuelto ahora a residir en Barcelona, sin que sobre él pese ningún cargo. La Audiencia Provincial declaró en los primeros días de julio la prescripción de la causa. Béjar subraya que la decisión de la sala, séptima de la Audiencia es "plenamente ajustada a derecho" y califica de disparatados los argumentos vertidos, vía recurso, por otro de los inculpados, José Luis Bruna de Quixano. Éste consideraba que el plazo de prescripción debe comenzar en la fecha del auto de suspensión posterior a que Antonio de la Rosa fuera declarado en rebeldía."Es errónea", dice Béjar, "la interpretación de que exista una disposición legal o principio que establezca la suspensión del plazo de prescripción hasta que sea hallado el prófugo, puesto que el procedimiento queda suspendido respecto del declarado rebelde desde la misma declaración de rebeldía, que fue declarada por auto del juzgado de Instrucción número 4 de Barcelona el 21 de octubre de 1980. Ése es el momento en el que se inicia el cómputo del plazo de prescripción del delito, según reiteradísima jurisprudencia del Tribunal Supremo".
Antonio de la Rosa fue declarado, mientras se encontraba prófugo, responsable único de la malversación de 1.250 millones del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, del que era secretario. El auto de prescripción que declara extinguidas sus responsabilidades penales fue dictado a instancias de su hijo Fernando.
El auto fue recurrido por el Ayuntamiento de Barcelona, acusador en el caso, que solicitó la nulidad de actuaciones por no habérsele dado traslado del mismo. La nulidad no fue estimada y el recurso de súplica fue rechazado.
El presidente de la Audiencia considera que "conforme a la legalidad vigente, no se produjo indefensión de las partes; todas pudieron pronunciarse y alegar lo que estimaron oportuno sobre la prescripción de los delitos de De la Rosa". Béjar afirma que "la prescripción es tan clara que, si fuera posible, un ordenador podría haberla cursado de oficio".
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