El dueño de un perro que ataco a una niña de 2 años, condenado a pagar la operación de cirugía estética
Los dueños de un perro han sido condenados a indemnizar con casi un millón y medio de pesetas a una niña de dos años que recibió mordiscos en su rostro al acercarse en la calle al animal para acariciarlo. También deberán sufragar el coste de la operación de cirugía plástica que precisa la niña, a la que le han quedado cicatrices en la cara. Según sus padres, "la niña sufre desde entonces pesadillas nocturnas" y siente pánico de los perros.Esta sentencia ha sido dictada por la Sección II de la Audiencia de Madrid y revoca otra anterior, absolutoria, del Juzgado 28 de Madrid, que tildó el hecho dé "fortuito".
La agresión se produjo el 22 de octubre de 1995. Marisa S. J. iba ese día paseando con sus cuatro perros, sueltos y sin bozal, por una calle de Madrid. Al ir a cruzar una calle, una niña de dos años acompañada de su cuidadora, y cuyas iniciales son A. V., se acercó a los animales. La asistenta, Ana P. L., preguntó a la dueña si había algún inconveniente. La dueña sujetó al can que consideró "más peligroso", y contestó que podía tocar a los otros. Todos ellos pertenecen a su padre.
En ese momento, según la sentencia, uno de los perros se revolvió y mordió en el rostro a la menor. No quedó claro en el juicio si la reacción del animal fue sin motivo o se debió o que la niña le tocó el rabo. Lo cierto es que, con la cara ensangrentada, la menor fue trasladada por un transeúnte a un hospital.
Los médicos le apreciaron distintas heridas en la parte derecha del rostro, una de ellas de hasta cinco centímetros. Tardó en curar 12 días. Los perros disponían de un seguro para casos de accidente. Por ello, la compañía Mapfre ha sido condenada " solidariamente" al pago de las indemnizaciones.
La sentencia revocada por la Audiencia, además de considerar el hecho "fortuito", señaló que si los perros iban sin bozal es porque "no lo necesitaban" al estar "amansados".
"Inadmisible"
Y que, por tanto, no cabía hablar "de negligencia" por parte de la dueña, que "asió el perro que consideraba más peligroso", razonó la juez Ana Revuelta en su fallo absolutorio.El abogado de la niña, Ricardo Moreno, consideró "inadmisible" esa resolución y la recurrió ante la Audiencia, que le ha dado la razón. "Esa sentencia", asegura el letrado, "evidencia una clara negligencia de la juez por manifiesto desconocimiento de la ley, rayana en la prevaricación" En su recurso, el abogado alegó una ordenanza de 24 de febrero de 1994 del Ayuntamiento de Madrid que establece: "Los perros o animales domésticos deberán ir acompañados o conducidos por sus cuidadores, sujetos por una cadena o correa resistente, y provistos de bozal cuando el carácter del animal así lo aconseje."
La Audiencia destaca como válidos los hechos declarados probados por el juzgado instructor, pero anula la consideración de que los "perros no llevaban bozal porque no lo necesitaban". Entiende el tribunal que sí debían llevarlo y que los mordiscos no fueron "un hecho fortuito", por cuanto "es algo previsible" que "pudo evitarse". Por ello condena a los dueños del perro (en la sentencia no figura la raza) como autores de una falta de imprudencia con resultado de lesiones.
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