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El Constitucional respalda la fianza impuesta a UGT en el "caso PSV"

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, en una sentencia notificada ayer, ha desestimado el recurso de amparo de UGT contra la fianza de 42.000 millones de pesetas impuesta en 1995 por la Audiencia Nacional para asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias en el caso de la cooperativa PSV.

Por cinco votos a uno, la sentencia, de la que ha sido ponente Vicente Gimeno Sendra, declara que la alegada "violación del derecho a la libertad sindical no se ha producido". Razona que "el hecho de que no se haya producido embargo de bien alguno" de UGT, "imposibilita" el amparo. En cambio, Manuel Jiménez de Parga, en un voto particular discrepante, cree que la fianza de 42.000 millones de pesetas impuesta a UGT "lesiona por sí misma la libertad sindical, sin que debamos esperar para otorgar el amparo a que se produzca el embargo efectivo de los bienes". Fundamenta el amparo, según él debido a UGT, en "la falta de ponderación en las resoluciones" del juez y de la Audiencia Nacional. Considera que la medida cautelar "fue irrazonable y desproporcionada", puesto que "no fue el resultado de un juicio de ponderación de los derechos fundamentales y bienes constitucionales en pugna".

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