Sin documentación
En septiembre de 1991 me vi obligado, por razones derivadas de mi profesión, a adquirir urgentemente un vehículo. Donde antes me lo proporcionaron fue en la calle del Ferrocarril, 41, pero tenía trampa. El contrato de adquisición se formalizó con fecha 3 de ese mes, dotándoseme de un permiso provisional de un mes de duración, mientras se tramitaba la documentación imprescindible para la utilización del vehículo con las garantías exigibles por la ley. Soy médico en uno de los grandes hospitales de Madrid, con una guardia en situación de alerta durante 24 horas, dentro de un equipo para la extracción y trasplante de órganos, lo que hace del coche un instrumento de trabajo insustituible, de ahí la urgencia de la adquisición.Desde el día 3 de septiembre de 1991, en que se formalizó el contrato de compraventa, hasta hoy, siguen sin aportar la documentación del coche, necesaria para realizar la transferencia (a lo cual están obligados). Ante la imposibilidad de utilizar el vehículo con las garantías que marca la legislación, me vi en la obligación de su adecuado aparcamiento y la adquisición de otro, hecha por el mismo procedimiento, pero esta vez en una casa comercial y cuyas operaciones excluyen el fraude.
Después de innumerables y constantes reclamaciones interviene, en 1993, a petición mía, la asesoría jurídica de la UCE, emplazando a que den una explicación del retraso y que me entreguen inmediatamente la documentación, dada la facilidad actual del tramitar la transferencia a través de los servicios informatizados de que dispone la Dirección General de Tráfico (Dirección Provincial). Todo fue inútil, por lo cual presenté denuncia en el juzgado, obteniendo una sentencia condenatoria contra Autos Venecia. Sorprendentemente, ha recurrido dicha sentencia por no ajustarse a derecho.
¿A qué derecho se refiere Autos Venecia al recurrir la sentencia derivada de los hechos expuestos? ¿Al derecho que permite el silencio como respuesta a cinco años de reclamaciones incesantes de aquella documentación sin la cual la operación de compraventa puede calificarse con los términos de fraude u otros peores, por devenir el coche inservible? -
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