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Los directivos de los clubes no tendrán que avalar, según el borrador de la nueva Ley del Deporte

La reforma de la Ley del Deporte que emprende el actual Gobierno tiene un tinte liberalizador. En el borrador, el Gobierno descarga a las sociedades anónimas deportivas de obligaciones y aligera el control de las ligas sobre los clubes. Los dirigentes ya no tendrán que avalar ni estarán obligados a presentar auditorías a la Liga o al Consejo Superior de Deportes. También podrán gastar más sobre lo presupuestado sin necesidad de contar con la aprobación de los accionistas. La futura ley trata de igualar la normativa que soportan los clubes profesionales a las SAD.El borrador de la Ley del Deporte desprende un tono liberalizador que se advierte en las pequeñas modificaciones de algunos artículos. El borrador tiende más a suprimirlos que a redactarlos de otra manera. Ese espíritu se aprecia en pequeños matices. Así, donde ahora la ley dice "acordar presupuestos", en el futuro dirá "conocer presupuestos"; donde dice "autorizar la inscripción" dirá en el futuro "inscribirá".

Una buena parte del paquete liberalizador se centra en la actividad de los clubes profesionales. Ya en su momento, el secretario de Estado para el Deporte, Pedro Antonio Martín, se declaró partidario de asemejar la legislación de las sociedades anónimas deportivas a la de una sociedad anónima normal. Eso significaba descargar la legislación de ciertas normas que pesaban sobre los dirigentes deportivos en comparación con los administradores de las empresas.

Por ejemplo, los consejos de administración de los clubes ya no tendrán un mínimo de siete miembros sino el número que acuerden sus estatutos, sus dirigentes ya no tendrán que depositar fianza alguna y podrán realizar actos o negocios sobre los bienes inmuebles de la sociedad sin autorización expresa de la junta de accionistas.

Los dirigentes podrán exceder lo presupuestado en materia de plantilla deportiva sin recibir la autorización de la junta de accionistas y no necesitarán, en la presentación de los presupuestos del club, del informe preceptivo de la Liga Profesional. Igualmente, tanto la Liga como el Consejo Superior de Deportes o la comunidad autónoma respectiva no podrán obligar al club a realizar auditorías complementarias.

El borrador presenta una novedad como es la de que no podrán ser administradores de un club aquellas personas que "hayan sido sancionadas por infracción muy grave en materia deportiva mediante resolución firme".

Los dirigentes de los clubes profesionales que no son sociedades anónimas, caso del Real Madrid, Barcelona, Athletic de Bilbao y Osasuna, sufren también una descarga de obligaciones. Según el borrador de la futura ley, sus directivos ya no tendrán que avalar por los resultados económicos negativos; según el nuevo redactado, los directivos sólo responderán por actos contrarios a la ley o a los estatutos del club.

El borrador atiende, por otra parte, a la necesidad de adecuar la legislación deportiva a la comunitaria. De esa manera, cualquier persona física o jurídica nacional de algunos de los países miembros de la Unión Europea podrá ser propietario de un club español. Se mantiene el límite del 25% de las acciones para aquellos nacionales de países que no sean de la UE.

El CSD abrirá a partir del lunes un periodo de reflexión con el mundo del deporte. Los clubes de fútbol recibirán copia del borrador para que puedan presentar alternativas o discutir sus contenidos en una comisión.

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