Multas millonarias a Olivetti y Xerox por prácticas anticompetencia
El Tribunal de Defensa de la Competencia ha impuesto una multa de 20 millones de, pesetas a Olivetti España, y otra de 50 millones de pesetas a Rank Xerox Española por prácticas anticompetencia en la comercialización de fotocopiadoras en España.Olivetti España, SA, establecía con sus distribuidores unos contratos en los que se les imponía tres condiciones limitativas de la competencia. La primera consistía en obligarles a comprar. exclusivamente a Olivetti no sólo las máquinas fotocopiadoras sino, además, todas las piezas de repuesto y los productos consumibles que necesitan para funcionar, como el toner. También se les impedía comprar y revender a los usuarios otros productos de otras marcas, equivalentes pero más baratos.
La segunda práctica consistía en prohibir a los distribuidores toda venta de las máquinas fuera del territorio que precisaba el contrato, de modo de los usuarios sólo podían comprarlas del distribuidor que tenía la exclusiva en el territorio en que estaba el domicilio del usuario.
Y la tercera práctica anticompetitiva consistía en prohibir al distribuidor hacer descuentos en el precio de venta que señalaba Olivetti.
Rank Xerox Española, SA, por su parte, no vendía sus máquinas si el comprador no firmaba un contrato de asistencia técnica con la propia Rank Xerox. Pero el Tribunal de Defensa de la Competencia ha estimado que una cosa es la venta de la fotocopiadora y otra distinta la asistencia posterior que quizás precise el usuario; y que Rank Xerox no puede limitar la libertad del comprador para contratar, o no, una asistencia posterior y hacerlo con quien quiera.
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