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El alcalde de Torrejón desoye la sentencia del Tribunal Superior que le obliga a convocar una moción de censura

Vicente G. Olaya

Julián López, del PP, alcalde de Torrejón de Ardoz (88.200 habitantes), no cumplirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que le obliga a convocar una moción de censura. La recurrirá en el Tribunal Supremo. Se convierte así en el primer regidor de este mandato -en el anterior hubo cuatro, todos del PP- que se niega a deba tir una moción de censura, a pe sar de haber sido condenado por los tribunales. López, según la oposición, ha cometido la primera alcaldada del cuatrienio (impedir votar a un concejal en una moción de censura o simplemente no convocarla). El PSOE exige ya explicaciones a la directiva re gional del PP sobre el asunto.Esta fallida moción de censura fue interpuesta por la oposición, PSOE e IU, en agosto de 1995. El alcalde se negó a debatirla con el argumento de que contenía "defectos de forma". En realidad, lo que ocurrió fue que de las 13 firmas necesarias para interponerla sólo se presentaron por error 12 en el registro. A los pocos días, los ediles de la izquierda subsanaron su error. Presentaron las 13 firmas y una nueva moción de censura. Pero ya era tarde. El regidor se había atrincherado. López rechazó también esta segunda moción con el argumento de que no se podían poner dos en un mismo mandato.

Correctamente planteada

La oposición le llevó a los tribunales. Ahora los jueces han desmontado las argumentaciones de López. Consideran que "la moción de censura fue correctamente planteada, incumpliendo el alcalde, consciente y voluntariamente, la obligación legal de convocar el pleno". Y continúan: "La sección [octava del Tribunal Superior] entiende que la prohibición de suscribir más de una moción de censura, a que alude [el alcalde], ha de entenderse referida a una moción de censura que haya sido votada, no a mociones que no hayan dado al correspondiente debate".

Sin embargo, ahora, y tras la condena judicial, López se sigue negando al debate. Su nueva argumentación es que en la sentencia "se han infringido importantes garantías y trámites procesales". El alcalde, que es abogado, añade: "En el proceso [que le condena] ha habido indefensión del equipo de gobierno y se han infringido normas procesales". Lo justifica de la siguiente manera: el pasado 3 de octubre López recibió una providencia [resolución anterior al fallo] donde se indicaba que los jueces habían rechazado llamar a declarar a nuevos testigos, tal y como proponían los abogados del Ayuntamiento. El Tribunal consideraba que esos nuevos testimonios eran "irrelevantes". "Y ahí está el quid de la cuestión", dice el alcalde. "La providencia era del día 3, mientras que la sentencia es del día 2. Es decir, estaba todo firmado antes de que pudiésemos alegar. Hubo indefensión", dice.

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Los grupos de la oposición se echaron ayer las manos a la cabeza. Francisco García Lorca, portavoz, socialista, afirma que López "no respira democracia". "Hasta ahora nos hemos callado, pero lo que está haciendo no tiene justificación. Su actitud es incalificable". El regidor replica: "La sentencia no es firme por lo que la ley me permite recurrirla". El recurso que interpondrá paralizará durante meses, o quizás años, la moción de censura.

El fallo Judicial termina: "El acto impugnado [la moción de censura] vulnera el derecho fundamental del concejal recurrente [García Lorca] a participar en los asuntos públicos, reconocido por la Constitución, y, en consecuencia, ordenamos el inmediato restablecido del derecho".

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Sobre la firma

Vicente G. Olaya
Redactor de EL PAÍS especializado en Arqueología, Patrimonio Cultural e Historia. Ha desarrollado su carrera profesional en Antena 3, RNE, Cadena SER, Onda Madrid y EL PAÍS. Es licenciado en Periodismo por la Universidad CEU-San Pablo.

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