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Un juez archiva un caso de insumisión por la futura supresión de la 'mili'!

El magistrado Ramiro García de Dios Ferreiro, juez de instrucción número 9 de Bilbao, se ha amparado, para archivar la investigación de un presunto delito de insumisión, entre otras razones, en el anuncio realizado por el Gobierno del PP de suprimir el servicio militar obligatorio. El juez invoca también el' elevado número de objetores de conciencia, que produce un atasco a la hora de asignar plazas para la prestación social sustitutoria.La investigación se refería a un joven que se negó a realizar el servicio militar por estimar que reproduce "valores con los que no estoy de acuerdo", declaró, "como la jerarquía, la obediencia ciega y, sobre todo, porque soy un civil y nunca me he considerado militar". Igualmente se negó a realizar la prestación social sustitutoria, por entender que "reproduce los mismos problemas", así como afecta al paro. "Si es una prestación social consistente en ayudar a alguien, debe salir de uno mismo y no tiene que ser el Estado el que te obligue a ello", argumentó.Ejército profesional

La resolución que decreta el sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones invoca el principio de interpretación de las normas "en relación con la realidad' social del tiempo en que han de ser aplicadas", según doctrina del Tribunal Supremo. Recuerda la aprobación social mayoritaria en torno a la supresion del servicio militar, hasta el punto de que el nuevo Gobierno tiene prevista la supresión del servicio militar obligatorio y la implantación de un Ejército profesional ( ... ) para dentro de pocos años".

El juez recuerda también que el "el Ministerio de Defensa ha admitido, por medio del general Francisco Laguna, que tan sólo uno de cada cinco objetores realiza la prestación social sustitutoria, ya que el elevado número de objetores de conciencia crea un atasco que imposibilita otorgar plazas para la prestación social, ya que las ofertas de plazas de instituciones públicas y privadas no permiten atender a los cerca de 200.000 objetores pendientes de que se les asigne una plaza".

El magistrado estima que el proyecto del Ejecutivo "evidencia la no necesidad del servicio militar obligatorio" y considera "razonable concluir la inexistencia de bien jurídico protegido o protegible, con lo cual se deriva la innecesariedad de la intervención del derecho penal, pues en un Estado democrático de derecho sólo deben ser objeto de protección penal bienes jurídicos esenciales, a los fines del propio Estado social y democrático y solamente frente a aquellos ataques a dichos bienes que pongan en peligro las bases democráticas del sistema".

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