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El Consejo de Estado considera legítima la videovigilancia

El Consejo de Estado estima conveniente regular por ley la aunque no sea estrictamente necesario hacerlo. En el dictamen que ha remitido al Ministerio del Interior sobre el anteproyecto de la norma, cuyo texto considera constitucional, advierte: "Siendo cierto que (...) corresponde a los órganos jurisdiccionales apreciar en cada caso el valor de las pruebas aportadas, si hay una ley que regula la utilización de, las videocámaras en lugares públicos no podrá negarse a priori y con carácter general la legitimidad de las grabaciones obtenidas conforme a la misma, eso que la doctrina reciente llama legitimidad de las fuentes de la prueba".El citado órgano, que plantea algunas recomendaciones, comparte la exposición del Consejo General del Poder Judicial. En ese sentido, recuerda que el derecho a la intimidad no es absoluto, como no lo es ninguno de los derechos fundamentales, pudiendo cederse ante intereses constitucionales relevantes. También asegura que "la captación de la imagen del sujeto sin su aquiescencia sólo será admisible -pero lo será- cuando la propia conducta de aquél o las circunstancias en que se encuentra inmerso justifiquen el descenso de las barreras de reserva para que prevalezca el interés público".

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