Mal juez, buen juicio
EL CASO del juez Pascual Estevill se había convertido, por la tolerancia de unos y la impotencia de otros, en un escándalo de orden institucional. Que alguien sospechoso de ejercer la judicatura como mínimo a su antojo y probablemente en provecho propio, siguiera como si nada, formando parte del órgano de gobierno de los jueces, era algo difícilmente soportable para un Estado. que merezca tal nombre y una afrenta fiara los ciudadanos. Pero ni el Consejo del Poder Judicial, por causa de. su división interna, ni el Parlamento, por su manifiesta desidia, fueron capaces de acabar en su momento con esta vergüenza institucional.La primera virtud que cabe atribuir, pues, a la sentencia de la Sala Segunda del Supremo que condena al juez Pascual Estevill a seis años de suspensión en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales es la de haber puesto fin a esta situación escandalosa. Su destitución era un imperativo ético, además de legal, que la comisión permanente del Consejo se ha apresurado a cumplimentar. Actuar de otro modo hubiera constituido un acto claro de connivencia y de amparo corporativos absolutamente condenables. El escándalo -uno más- habría sido mayúsculo.
Pero la decisión del Supremo ha tenido también otro efecto no menos importante: liberar a la judicatura de un caso paradigmático de lo que no debe ser un juez. Los hechos por los que ha sido condenado Pascual Estevill -prevaricación y detención ilegal- son los más antagónicos con la función de juzgar. Muestran de manera fehaciente el grave error que se cometió al permitir que este antiguo abogado, involucrado en oscuras operaciones financieras, accediera a la judicatura en su madurez por la vía del cuarto turno. La sentencia del Supremo deja claro lo que el abogado Pascual Estevill comenzó a hacer nada más transmutarse en juez: vulnerarlas derechos del justiciable, corvertir a su antojo a testigos en, imputados, echar mano sin razón alguna y de manera abusiva de la prisión preventiva... Es decir, todo lo contrario de lo que la Constitución manda hacer a un juez, que es tutelar los derechos de las personas. Al apartar a Pascual Estevill de la circulación judicial, el Supremo ha hecho algo elemental y digno de agradecer. Constituye un acto de estricta justicia con sus víctimas.
Pero cabe también una pregunta final: la suspension por seis años, ¿es una pena adecuada a los hechos que la sentencia declara probados? Si la ley no prevé castigos más severos para estas conductas, habrá que reformar la ley. Porque los ciudadanos no entenderán seguramente que un juez pueda enviar a alguien a la cárcel, a sabiendas de que su decisión es injusta, sin que con ello se juegue nada más que una suspensión temporal de su cargo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.