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Reportaje:

"Y le llamaremos Enriqueto"

Imponer un nombre original a un niño tiene unos limites establecidos

Hasta 1977, si nacía un ser humano en España sólo se le podía poner un nombre castellano. Ese año la ley se modificó y abrió la posibilidad del registro a los nombres inscrirtos en cualquiera de las lenguas españolas. Un tal Jordi, de Sabadell, ya no tenía que ser Jordi en casa y Jorge en el DNI. Oficialmente ya podía ser él mismo.A mediados de los ochenta, coincidiendo con el regreso de muchos emigrantes españoles, el registro tuvo que enfrentarse a un nuevo lío. Bastantes de los niños nacidos fuera del territorio nacional venían con nombre extranjero y, además, deseaban mantenerlo. Pero una resolución de 1989 obligaba a traducir los nombres extranjeros a cualquiera de las lenguas oficiales de España. Elisabeth tuvo que transformarse en el castellano Isabel o en el catalán Elisabet y Edward pasó por decreto a llamarse Eduardo.

Pero en, 1990, con la masiva llegada de inmigrantes, las autoridades no tuvieron más remedio que ceder ante la realidad. Ya no se trataba de españoles con hijos nacidos en Múnich o Venezuela, sino de un matrimonio de Marraquech que se negaba en rotundo, a ponerle a su niño Marianín. Por eso, en 1994 se abrió el registro civil a todo tipo de nombres. Ya se podía llamar a un hijito Kevin Filippo, como lo hizo algún entusiasta del héroe de Bailando con lobos sin que el funcionario del registro le pusiera mala cara. Sin embargo, aún quedan nombres que no pueden ser utilizados

Los nombres prohibidos

No se admiten los nombres que perjudiquen a la persona. No intente llamar a su hijo Mierda Fernández o Renacuajo Sanchís, porque le denegarán el certificado. Tampoco valen los números o las mayúsculas. JP-15 queda para las matrículas o para los modelos de lavadora.Se rechazan los diminutivos y los apodos coloquiales o familiares. O sea, Pichurri sólo lo podrán seguir diciendo las abuelas en casa. Se desestiman los nombres que puedan hacer confusa la identificación y los que lleven a error a la hora de determinar el sexo. No se le ocurra ponerle a su hijo mayor María del Carmen, porque no cuela.

Para evitar los nombres interminables, se pone un tope máximo. Ya no vale eso de Benito Cesáreo José de los Santos Ángeles. Ahora no se puede poner más de un nombre compuesto o más de dos simples.

Como muchas veces la decisión de si un nombre es o no válido entra en el terreno de lo subjetivo, existe un organismo de listos que se encarga de estudiar la propuesta. Estas son algunas de las resoluciones que ha dictaminado hasta la fecha.

Sadako se admitió "por ser un nombre de fantasía", pero sólo para el sexo masculino. Los nombres Amor, Trinidad, Consuelo y Amparo se han considerado ambiguos, aceptados para ambos sexos. Según los que deciden, "como nombre común designan al género masculino y al referirse a la Virgen son femeninos".

El nombre Mar, después de haber sido rechazado en diversas ocasiones, se aprobó definitivamente en 1991 para ambos sexos. Az fue un nombre anulado por considerarlo "impersonal". Los padres de Az recurrieron la sentencia y, tras el recurso, fue aprobado por la dirección general del registro basándose en que representaba "el principio y el final del alfabeto". Eso sí, el nombre quedó apto sólo para señoritas.

Lola, a pesar de las primeras reticencias por considerarlo una variante coloquial de Dolores, fue admitido debido a la gran cantidad de solicitudes. Teresita, debido a la popularidad de la santa, terminó recibiendo as bendiciones a pesar de ser un derivado de Teresa. Lo mismo ocurrió con Josefina o con Lina. Caín, a pesar de ser un nombre bíblico, sigue en la lista de los más vetados. Se le considera peyorativo. Tampoco ha sido permitido en el registro el nombre de Iraultza (revolución en euskera) o el de Libertad (reiteradamente rechazado hasta 1977).

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