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LUIS BLÁNQUIEZ PÉREZ - MAGISTRADO DE LA AUDIENCIA DE GUIPÚZCOA

Un juez envuelto en polémica

Es autor de la sentencia que negó valor probatorio a los videos grabados por la Ertzaintza

El magistrado ponente de la sentencia que hace dos años anuló las pruebas, luego declaradas válidas por el Supremo, contra los acusados de los sabotajes a la autovía de Leizarán es un hombre cuestionado abiertamente dentro y fuera del estricto ámbito judicial vasco. Los responsables del Ministerio, de la Consejería vasca de Interior y no pocos dirigentes políticos piensan preferentemente en él cuando corresponsabilizan a los jueces de la falta de eficacia en la lucha contra la violencia. Luis Blánquez Pérez, presidente de la Sala Segunda de la Audiencia de Guipúzcoa, autor asimismo de las revocadas sentencias que negaron valor probatorio a los vídeos grabados por. la Ertzaintza, es efectivamente, desde hace mucho tiempo, un personaje sometido a una soterrada e intensa polémica. -El 19 de julio de 1993, el profesor Blánquez fue expulsado de la universidad vasca por un cúmulo de faltas muy graves entre las que figura el "abuso de autoridad", la "notoria falta de rendimiento", el "atentado grave a la dignidad de los funcionarios y de la Administración", así como la inasistencia injustificada a las clases. La comisión disciplinaria consideró también probado que chantajeó a sus alumnos para que firmaran un escrito exculpatorio para él aprovechando que en ese momento se procedía a la calificación de los exámenes. Días después, un airado juez Blánquez reclamó públicamente para sí el título de segundo Unamuno como definitivo argumento exculpatorio de su particular magisterio universitario. En opinión de sus compañeros, Blánquez, madrileño, de 44 años, se caracterizó durante años por su predisposición a enjuiciar con benevolencia los casos de malos tratos y torturas que en aquellos tiempos empezaban a ser desempolvados por los tribunales vascos. Un repaso a los autos, sentencias y resoluciones en las que el presidente de la Sala Segunda de la Audiencia de Guipúzcoa actuó como ponente muestra que en este tipo de causas se opuso a la condena o llegado el caso, se manifestó a favor de la disminución efectiva de las penas, del no ingreso en . prisión de los condenados y, en última instancia, del indulto.Cuando su postura quedó en minoría, al no contar con el respaldo de otro de los tres miembros que componen el tribunal, el presidente de la Sala no dudó en emitir un voto particular de rechazo. En lo que en medios judiciales vascos se interpreta como un giro radical destinado a "compensar actitudes anteriores" que le granjearon la fama de ultraconservador y que otras fuentes atribuyen, sin aportar prueba alguna, a móviles y circunstancias inconfesables, Blánquez sorprendió a todos el 8 de junio de 1994 anulando las pruebas existentes contra los presuntos autores de los sabotajes a la autovía de Leizarán. El fallo fue recurrido y el Tribunal Supremo ha desmontado contundentemente después los fundamentos esgrimidos por él, pero dos de los presuntos autores de los atentados, uno actualmente en prisión y otro huido, aprovecharon la libertad para integrarse en un comando de ETA.Posteriores pronunciamientos acreditaron igualmente la capacidad de Blánquez para suscitar la sorpresa derivada no necesariamente del sentido de sus fallos, sino, sobre todo, del tipo de razonamientos con que los sustentaba. En el voto particular en el que defendió la total absolución de los concejales de HB que nombraron hijo querido de la villa a un activista de ETA muerto en el aparcamiento de un hipermercado al estallarle la bomba que preparaba, el magistrado argumentaba ángelicalmente que de ninguna manera había sido acreditado en el juicio que los ediles supieran que el fallecido, José María Arantza-zistroke, perteneciera a una banda armada u organización terrorista. Blánquez ilustraba su tesis con afirmaciones como "todos podemos delinquir" y "hoy más que nunca asistimos a una auténtica crisis de valores. Existe un cierto desconcierto entre lo que es bueno y lo que no lo es tanto".Fuera ya del ámbito de estas causas, Blánquez se ha granjeado una imagen de magistrado extravagante por el tono, las argumentaciones y las expresiones con que a menudo ilustra sus resoluciones. Así, en el apartado de fundamentos jurídicos con que sustentó su fallo condenatorio del 20 de diciembre último en un asunto de falsedad en documento oficial, el presidente de la Sala Segunda y decano de San Sebastián escribió que "puede ser cierto" que el acusado, "como integrante o miembro de la raza gitana, llevara o lleve una vida ajena a los ordenamentos jurídicos".Tal argumentación motivó entonces que uno de los tres magistrados componentes del tribunal emitiera un voto particular por posible discriminación racial en el fundamento de la sentencia.

Más información
Segundo juicio a cuatro jóvenes por atentar contra la autovía de Leizarán -

Otro fallo del mismo juez en una causa por delito contra la salud pública incluye la afirmación de que la sustancia intervenida, 734 pastillas mezcla de flunitrazepán y cafeína, "resulta en sí misma beneficiosa para la salud por cuanto de un producto médico se trata". Semejante aseveración motivó el 11 de noViembre del año pasado que uno de los miembros del tribunal emitiera un voto particular recordando que ese producto farmacológico está incluido en la Lista Primera del Convenio de Viena.

Votos particulares de sus compañeros, sentencias revocadas por los tribunales superiores, denuncias a la comisión disciplinaria del Consejo General del . Poder Judicial (CGPJ)... ilustran la trayectoria profesional de Blánquez, que se ha labrado una imagen igualmente polémica en sus relaciones sociales.

En mayo de 1992, su comportamiento fue desautorizado por sus propios compañeros de la Audiencia donostiarra en una sentencia por la que se le obligó a abonar 1.800.000 pesetas por la obra de una escalera de acceso a un controvertido levante de su propiedad que el magistrado pretendía que pagara el conjunto de los propietarios del inmueble.

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