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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Historias clínicas

De unos años a esta parte, algunos jueces han adoptado la costumbre de requerir, mediante exhorto, la historia clínica de algún paciente incurso también en un proceso judicial. Me niego sistemáticamente a ello. Algún juez ha mostrado su extrañeza por mi negativa, como si se tratara de una denegación por mi parte de auxilio a la justicia. Llevo 45 años demostrando lo contrario, pero de otra manera a como ahora pretenden estos jueces a que hago, referencia (que no son, naturalmente, todos). Entre otras razones, aducen que cuando lo Tequleren a algunas instituciones sanitarias oficiales, éstas sí lo hacen y envían la historia clínica del paciente o fotocopia de la misma. Yo creo que en las instituciones sanitarias en las que se proceda de este modo alguien está Incurriendo en una conducta delictiva, pues el paciente tiene derecho a exigir garantía de que su intimidad ha de ser preservada (y una consulta médica contiene o puede contener referencia a actuaciones íntimas o privadas, o, lo que es importante, referencias del paciente a terceras personas que hace a un médico en quien confía que mantendrá su secreto). Hay consultas médicas (de traumatología, de patología digestiva, etcétera) en las que en la mayoría de los casos las historias clínicas pueden tener un carácter impersonal, pero no se puede asegurar que lo sea siempre. Desde luego, no en las psiquiátricas, en las que lo personal en sentido estricto es la regla.Mi negativa a los jueces de esta petición a que me refiero la baso en las siguientes razones:

1. La historia clínica que redacto es un documento mío sobre el paciente, pero no es (en el sentido de "no pertenece a") del paciente, en el que introduzco notas respecto de la persona que me consulta, de sus relaciones con personas de igual o distinto- sexo o con sus familiares, y que tampoco mostraría al paciente si éste lo pretendiera.

2. Al juez no le interesa la historia clínica del paciente, sino la relación, causal o motivacional, que el proceso psicopatológico pueda eventualmente tener con la conducta por la que se le instruye -a veces mucho después de consultar- el proceso judicial actual. ¿Qué le importa a un juez, pongamos por caso, dicta minar la responsabilidad o no de alguien en un accidente de tráfico, que éste tenga tendencias homosexuales que le depararan conflicto unos años antes?

3. El juez, en el caso de que lo considere pertinente, debe requerir no la historia clínica, sino un informe pericial, el cual ha de situarse estrictamente en el contexto de la actuación presuntamente delicticva.

Puedo estar en un error. He consuItado con algunos profesionales del derecho que consideran correcta mi posición: Pero los exhortos de los jueces son rutinariamente amenazadores ("de no responder al requerimiento se atendrá a.. " y cosas por el estilo), y desearía saber, por quien se considere experto, si puedo y debo persistir en mi postura o,por el contrario, obedecer, bien a mi pesar, a estos jueces tan desmesuradamente curiosos.-

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