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Los separados no deben impedir las visitas de los abuelos a sus nietos

Debate jurídico en Barcelona sobre derechos de los ancianos

Cuando el matrimonio se rompe, todo cambia, y no sólo para la pareja. También los abuelos sufren las consecuencias. La ruptura significa para ellos, muchas veces, perder el contacto cotidiano con los nietos. La más reciente doctrina de los tribunales civiles considera que sola una "justa causa" puede amparar a los padres para entorpecer el derecho que los abuelos tienen a relacionarse con sus nietos. El derecho de visita de los ancianos fue ampliamente debatido ayer, en Barcelona, en unas Jornadas organizadas por el Colegio de Abogados y la Fundación La Caixa.Aunque no es frecuente que lleguen a los tribunales peticiones de los abuelos solicitando ver a sus nietos porque sus padres se lo impiden, estas situaciones se producen. Para. el magistrado de la Audiencia de Barcelona, Francisco Javier Pereda, "en esos casos es ciertamente posible reclamar el derecho de visitas, aunque está claro que debería ser el entendimiento el que resuelva los deseos naturales de los abuelos".

El derecho de visita de los ancianos fue ampliamente tratada ayer p& el magistrado en las jornadas sobre Derechos y responsabilidades de las personas mayores. Pereda defendió la amplitud del marco legal para acoger los cambios sociales en la familia: "Aunque no tienen obligación legal de acoger y criar a los hijos de sus hijos, las personas mayores tienen unas expectativas legales que han de permitirles visitar y relacionarse' con los nietos".

De hecho, las crisis matrimoniales impulsan en muchos casos la figura, hoy bastante común, de lo! "abuelos-padres" y los "abuelos guardadores" que acogen a los nietos desamparados por sus progenitores. En esas situaciones, la ley y los tribunales de familia protegen a los niños, permitiendo que perdure la convivencia. con los abuelos.

Sin embargo, no es sólo en estos casos excepcionales en los que se manifiesta legalmente el derecho de relación entre nietos y abuelos. El magistrado citó el propio Código Civil español, que prohibe expresamente impedir "sin justa causa" las relaciones entre el hijo y otros parientes o allegados. Se trata de una regulación negativa a lo que pudiera considerarse un abusivo ejercicio la patria potestad. Dos sentencias del Supremo han apoyado recientemente este derecho de relación, aunque no se equipar a con el de los padres separados respecto a sus hijos, como tampoco son iguales las obligaciones de padres y abuelos con los menores.

La intervención judicial se produjo generalmente tras situaciones en que los abuelos habían asumido el cuidado de los niños y después los padres se habían hecho cargo de ellos, negando a sus mayores la relación. Fue el caso de la niña Judit, que a la muerte de su madre había convivido con los abuelos maternos. El padre recuperó la custodia de la niña y pactó con los ancianos un régimen de visitas. Su incumplimiento llevó a éstos a reclamar visitas, y el Supremo les apoyó.

También Joaquín Ruiz-Giménez, presidente del comité español de Unicef, resaltó en las jornadas el papel de los mayores en la consolidación de los puentes intergeneracionales. Ruiz-Giménez dijo ser abuelo de 31 nietos.

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