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Barrionuevo se queja de que Garzón retrasó 7 meses su inhibición ante el Supremo

El ex ministro del Interior José Barrionuevo alegó ante la Comisión del Estatuto del Diputado que el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, que dirige Baltasar Garzón, "retrasó durante más de siete meses su inhibición a favor de la Sala Segunda del Tribunal Supremo a pesar de que en las actuaciones ya constaban imputaciones" contra él. Barrionuevo incluye esta advertencia en las alegaciones que ha remitido al Congreso en relación con el suplicatorio cursado por el Supremo para tomarle declaración sobre actividades de los GAL. El suplicatorio se vota el día 23.

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De los 43 folios que recogen las Alegaciones, Barrionuevo dedica 2 a recordar, y defender, la gestión de su ministerio y a rememorar los estragos causados por el terrorismo. "Hoy ( ... ) los españoles han olvidado, y con toda razón quieren olvidar, (...) pero fue rara la semana, relata, "en la cual los responsables del Ministerio del Interior no tuvimos que acudir a un funeral por víctimas de ETA y compartir allí el dolor de los familiares, la indignación y la impotencia de las Fuerzas de Seguridad, haciendo vanos intentos de mitigar con palabras tanta tragedia".En poco más de diez meses de gobierno socialista, desde diciembre de 1982 a octubre de 1983, ETA asesinó a 36 personas. "En aquellos días", recuerda Barrionuevo, "era frecuente referirse a la 'guerra del norte' desde las tribus de la prensa, con exigencia de acciones contundentes y extraordinarias para mejorar la situación. 'En la guerra como en la guerra' y tras apelaciones similares se reproducían machaconamente cada vez que el terrorismo golpeaba. E incluso se presentaba como debilidad nuestra adscripción a los principios del Estado de Derecho. Hoy muchos de los que entonces clamaban por la adopción de medidas extraordinarias, perdida al parecer la memoria, contribuyen a insuflar nuevo oxígeno a ETA".

El ex ministro del Interior invoca que en diciembre de 1982 el Gobierno tenía que combatir a ETA político-militar (VII y VIII Asamblea); a ETA militar; a los Comandos Autónomos Anticapitalistas; a Iraultza y Terra Lliure; a los GRAPO y a grupos de extrema derecha, mientras que en julio de 1988, cuando él cesó, "únicamente permanecía activa, con su capacidad ostensiblemente disminuida, ETA (m)". En su mandato fueron detenidos 3.447 etarras.

Respecto a las "acciones contraterroristas" fuera de la legalidad" -en ningún momento cita a los GAL- Barrionuevo apela a que se producían en suelo francés, fuera de su competencia. Y señala que en los tres juicios a que fueron sometidas en España personas involucradas en esas acciones, "en las tres sentencias se dejó establecida la falta de vinculación y de responsabilidad de la Administración en sus actuaciones". Asegura que él nunca ordenó, autorizó ni permitió actuaciones ilegales.

En el terreno político va más lejos al recordar que "también hubo acciones judiciales contra funcionarios del Cuerpo de Policía y de la Guardia Civil por acciones de este tipo acaecidas durante los gobiernos de UCD. Nuestra actitud", agrega tras aludir a la colaboración con la justicia, "fue la de prestar asistencia a los funcionarios afectados, excluir de responsabilidad de cualquier tipo a sus mandos y jefes políticos y, finalmente, evitar y combatir generalizaciones acusatorias injustas. Sirva de ejemplo de que se procedió así lo mantenido en supuestos distintos, tales como los llamados 'caso Linaza' y 'ametrallamiento del bar Hendayais".

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La declaración de Amedo

En la vertiente judicial, el ex ministro del Interior resalta: "El Juzgado Central de Instrucción número 5 consideró que las declaraciones de José Amedo no eran una imputación contra mí. Y, sin embargo, son los mismos hechos declarados por José Amedo en el mes de diciembre de 1994 los que utiliza ese juzgado para elevar, en el mes de julio de 1995, una autodenominada 'exposición razonada' al Tribunal Supremo poniendo en su conocimniento los 'indicios' aparecidos durante la instrucción realizada". Indicios que no le imputaban, según arguyó Garzón para denegarle la personación como perjudicado por las filtraciones del sumario, pero que luego sirvieron para plantear al Supremo su posible imputación.El ex ministro considera "ncompatible con las normas constitucionales y de legalidad ordinaria referentes al aforamiento de los diputados, que los indicios 'aparezcan' y 'se acumulen', como dice el Juzgado Central de Instrucción número 5, puesto que, en cuanto aparece el primer indicio se debe remitir la causa al Tribunal Supremo". De ahí, según él, que ese juzgado retrasó durante más de siete meses su inhibición.

Barrionuevo menciona que la comparecencia voluntaria de aforados para dar su versión en un proceso judicial ha sido práctica habitual "permanente" e incluso considerada "diligencia esencialísima", según un auto de la Sala. Segunda de febrero de 1993. Pese a ello, relata Barrionuevo, "me veo sometido a un proceso penal y a una petición de suplicatorio sin que ningún órgano judicial haya aceptado todavía tomarme declaración, después de once meses y de varios intentos por mi parte".

El ex ministro concluye que se ha vulnerado su derecho a la defensa, que existen diferencias sustanciales entre la petición del juez instructor, Eduardo Móner, y el suplicatorio redactado por el Supremo, y se ofrece a comparecer personalmente en la Comisión. Según él, "los términos del suplicatorio son tan amplios que se podría decir que estamos prácticamente ante un suplicatorio en 'blanco': no se especifica el delito ( ... ) y se introduce una cláusula -"por cualquier otro delito que pudiera, aparecer"- que hubiera hecho innecesario especificar delito alguno dado que en la misma cabe todo el Código Penal".

El representante del PP en la comisión, Luis Ramallo, acusó ayer a Barrionuevo de convertir sus alegaciones en un "alegato político" para tratar de impedir la concesión del suplicatorio. En declaraciones a Europa Press, Ramallo dijo que "la contestación de Barrionuevo es un alegato político, sigue tratando de politizar un asunto que para la Comisión del Estatuto es procedimental y no de otro tipo".

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