BLANQUEO DE DINERO
Más grave la ayuda al lucro del narcotráfico
El nuevo Código Penal extiende a otros delitos la penalización del blanqueo de dinero procedente del narcotráfico, si bien mantiene que, en este último caso, las sanciones -de seis meses a seis años de cárcel y multa de hasta el triple del valor de los bienes- se apliquen en su mitad superior. La conducta castigada consiste en adquirir,convertir o transmitir bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en un delito grave, así como ocultar o encubrir su origen ilícito o ayudar al infractor a eludir las consecuencias legales de sus actos.El culpable del blanqueo lo será igualmente si el delito del que provienen -los bienes se hubiese cometido en el extranjero. Si los responsables del blanqueo pertenecen a una organización dedicada a ese fin, la pena de cárcel se impondrá en su mitad superior. A los jefes, administradores o encargados de tales organizaciones se les aumentará hasta de seis a nueve años de cárcel. Además, se les inhabilitará, se disolverá la organización o se clausurarán definitivamente sus locales, se suspenderán sus actividades por hasta cinco años o se les prohibirá realizar las actividades, operaciones mercantiles o negocios en los que haya consistido el blanqueo.