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Absuelto de violación un taxista porque la víctima se contradijo

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al taxista Félix. A. D. de. los delitos de violación y robo con violencia en la persona de una clienta, tras apreciar que ésta "ha incurrido en contradicciones a lo largo de sus declaraciones". En la sentencia, la Audiencia declara probado que. recogió en, la madrugada del 18 de junio de 1986 a Carmen C. V. tras, preguntar por una pensión. Ambos recogieron a un cliente, la quien trasladaron a la zona de Usera, y luego a otro, al que llevaron a Mercamadrid". Una vez finalizado el servicio, el procesado se dirigió con Carmen a un descampado en el paraje conocido como Ventorro del Cano, en Boadilla del Monte. La sentencia explica que surgió "alguna diferencia entre ambos, lo que motivo , que el procesado abandonara a la mujer en dicho lugar, del que fue recogida sobre las siete de la mañana por una patrulla de la Policía Municipal".Además de las contradicciones (sobre el arma empleada, las, amenazas proferidas o el lugar que ocupaba en el coche), la Sala fundamenta que la prueba pericial médica "no contribuye a confirmar las declaraciones de la víctima". Así, el doctor- José León A., que reconoció a Carmen el mismo día de los hechos, no halló signos de violencia en su cuerpo m restos de semen o vello púbico, lo que contrasta con lo manifestado por aquélla.

Además, el citado doctor y la también perito Isabel D. T. confirmaron que las lesiones referidas en el parte de primera asistencia, "aun cuando pueden darse en actos sexuales violentos, tampoco son específicos de ellos".

El hecho de que Carmen fuera abandonada en el paraje de Ventorro del Cano, donde le socorrió la Policía Municipal, "permite afirmar que ambos fueron juntos hasta allí y que por causas no determinadas surgió una disputa entre ellos".

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